COMISIÓN CITA A MINISTRA DE LA MUJER

Centro de Noticias del Congreso

25 May 2016 | 13:25 h

 

La Comisión de la   Mujer acordó citar a la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables,   Marcela Huaita, a sesión ordinaria el próximo mes de junio a fin de que   exponga los lineamientos de su sector respecto al proyecto “Niño por nacer”.
 
  El pedido fue hecho por la congresista Marisol Pérez Tello en la sesión del   miércoles 25, luego de analizar el proyecto de ley que propone proteger a   menores de edad gestantes en situación de abandono y de extrema pobreza, de   autoría de la congresista Julia Tevez.
 
  Pérez Tello informó que hay problemas en el Plan Multisectorial de Prevención   del embarazo adolescente que no son normativo, subrayó.
  En el mismo sentido, la legisladora Doris Oseda exhortó a que se le invite   nuevamente a la autora del proyecto y a otros funcionarios para que informen   detalladamente sobre este tema, antes de archivar la norma.
 
  Previamente, la parlamentaria Ana María Solórzano propuso una cuestión previa   para que funcionarios del Ministerio de la Mujer expongan sus lineamientos   respecto a este proyecto, pedido no fue llevado al voto.
 
  La Comisión de la Mujer también aprobó por unanimidad el proyecto de Ley de   la Persona Adulta Mayor, elaborado en base a otros proyectos. Uno de ellos   fue presentado por el Poder Ejecutivo y sustentado por la directora de   Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
 
  El predictamen establece importantes derechos para la persona adulta mayor   como una vida digna, plena, independiente y autónoma; igualdad de   oportunidades; vivir y envejecer en familia, brindar consentimiento previo e   informado de todos los aspectos de su vida, y una vida libre de violencia en   todas sus manifestaciones.
 
  La propuesta ratifica la rectoría del Ministerio de la Mujer y le otorga la   potestad de sancionar administrativamente en caso de incumplimiento de la   ley. Establece el orden de prelación de los miembros de la familia para el   cumplimiento de sus deberes con las personas adulta mayor.
 
  Asimismo, define con mayor precisión la naturaleza de los Centros Integrales   de Atención del Adulto Mayor (CIAM), y los Centros de Atención Residencial   considerando el servicio de cuidado diurno.
 
  PRENSA-CONGRESO (lv)
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