Mypes podrán reclamar pago de sus facturas a 30 días, según proyecto aprobado por el Pleno del Congreso

Centro de Noticias del Congreso

29 Dic 2022 | 0:52 h

Las pequeñas y microempresas podrán reclamar el pago de sus facturas a 30 días, según el dictamen del Proyecto de Ley 286/2021-CR, aprobado por amplia mayoría por el Pleno del Congreso de la República.

La presidenta de la Comisión de Economía, Rosangella Barbarán, quien sustentó la propuesta, precisó que el dictamen aprobado modifica los artículos 2 y 5 de la Ley 31362, Ley de Pago de Facturas (MYPE) a treinta días.

Se establece que “la conformidad del bien entregado o servicio prestado se realiza con posterioridad a la emisión de la factura o recibo por honorarios, de acuerdo al Decreto Urgencia 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el financiamiento de la (MIPYME), emprendimientos y startups y normas modificatorias.

Asimismo, se señala que “el adquiriente del bien o usuario del servicio tiene un plazo de ocho días calendario para otorgar la conformidad, computados desde la fecha que la emisión de la factura o recibo por honorarios haya sido puesta a disposición del adquiriente del bien o servicio y de la (SUNAT), de conformidad a lo establecido en el artículo 7 del Decreto de Urgencia 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el financiamiento de la (MIPYME), emprendimientos y startups.”

El congresista Carlos Anderson, uno de los autores de la iniciativa legislativa, argumentó que el proyecto aprobado permitirá a las (Mypes) tener la posibilidad de exigir el pago de sus facturas a 30 días y de contar con mayores elementos para negociar la compensación por intereses.

De lo que se trata es promover la reactivación económica y brindar el apoyo a las actividades que desarrollan los emprendedores.

FIRMAS DIGITALES

De otro lado, el Pleno del Congreso también aprobó el dictamen del proyecto de ley 3770/2022-CR, que tiene por objeto prorrogar el plazo de autorización a la (SUNAT) para continuar con sus funciones de Entidad de Registro o Verificación, regulado en la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales.

Se señala que la propuesta tiene por finalidad contribuir con las medidas de facilitación del cumplimiento tributario y aduanero; así como también busca beneficiar a los pequeños y medianos contribuyentes a través de la emisión de certificados digitales.

El presidente de la Comisión de Justicia, Américo Gonza, quien sustentó la iniciativa, indicó que la plantea prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2023 lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales.

Asimismo, se estipula que a partir del 1 de enero de 2024, la (SUNAT) podrá continuar con sus funciones de Entidad de Registro o Verificación siempre que haya cumplido con los procedimientos de acreditación respectivos ante el  (INDECOPI).

La norma fue aprobada con 101 votos a favor y uno en contra. A pedido del congresista Gonza, fue exonerada de la segunda votación.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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