JNE CONSIDERÓ INNECESARIA SU ASISTENCIA A LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y REGLAMENTO

Centro de Noticias del Congreso

19 Abr 2016 | 12:13 h

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) acordó desestimar la invitación cursada por la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República, con la finalidad de sustentar los fundamentos que amparaban la resolución que emitió ese organismo mediante la cual precisó que el incremento de la barrera electoral en un 1 % de los votos válidos para las alianzas electorales, no se aplicaría en el proceso electoral en curso.

Según el oficio cursado por el titular del organismo electoral, Francisco Távara Córdova, a su par del grupo de trabajo legislativo, Fredy Otárola Peñaranda (NGP), la resolución 0371, emitida por el JNE y publicada el mismo día de las elecciones, el 10 de abril, fue aprobada por mayoría en atención a diversos pedidos formulados públicamente.

Según el oficio, la resolución se hizo en respuesta a las solicitudes presentadas el 7 de abril por el presidente del Consejo de Ministros, y el 23 de marzo por el personero de la organización política Alianza para el Progreso; además de una consulta del Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, aparte de los pedidos de diversos medios de comunicación y los propios actores políticos.

El oficio, suscrito también por los demás integrantes del JNE, recuerda que esa decisión fue tomada en uso de sus atribuciones como organismo constitucional autónomo encargado de velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas, e interpretar las disposiciones constitucionales y legales referidas a materia electoral.

Por esas consideraciones, precisa el documento, “carece de objeto” la presencia de Távara Córdova ante la Comisión de Constitución.

El grupo legislativo acordó la semana anterior invitar al jefe del JNE para que se pronunciara sobre la aplicación de la nueva valla electoral establecida mediante la Ley 30414 que modificó la Ley de Partidos Políticos 28094, teniendo en cuenta que toda norma rige al día siguiente de su publicación en el diario oficial, en este caso desde el 18 de enero.

Sin embargo, el JNE decidió no aplicarla en la parte referida al incremento de la valla electoral en las elecciones generales del domingo antepasado, aunque si la aplicó en la parte que dispone descalificar a las agrupaciones políticas que repartieran dádivas entre sus simpatizantes, lo que motivó el retiro de una de las agrupaciones postulantes.

En la oportunidad, Otárola Peñaranda calificó la resolución 0371 de ‘disparate jurídico’ y comentó que el JNE podría haber cometido un acto de prevaricato, teniendo en cuenta que la ley no incluía ninguna disposición en el sentido de suspender su aplicación por un determinado tiempo.

Opinó también que resultaba ‘sospechosa’ la decisión del JNE de anunciar su no aplicación 24 horas antes de las elecciones, cuando sus integrantes ya conocían el resultado de las encuestas internas. De esa forma, dijo se favoreció a agrupaciones políticas que participaban en alianzas, por lo que requerían un 1 % más de los votos válidos a nivel nacional por cada agrupación adicional.

 

Sesión frustrada

De otro lado, la Comisión de Constitución volvió a suspender por quinta vez la sesión ordinaria convocada para hoy, martes 19, debido a la falta de quorum.

El grupo legislativo tiene pendiente de aprobación 15 decretos legislativos emitidos por el Poder Ejecutivo en virtud a las facultades legislativas delegadas por el Congreso, así como dos decretos de urgencia y un Tratado Internacional Ejecutivo (TIE) relacionado con la educación en nuestro país.

También está pendiente una opinión consultiva solicitada por la Comisión de Comercio Exterior y Turismo, respecto de la constitucionalidad del proyecto de ley 1855/2012-CR, referente a la Ley de Competitividad del Comercio Exterior; y la reconsideración a la votación del predictamen que propone despenalizar el aborto en casos de violación, inseminación artificial o transferencia de óvulos no consentidas.  (JVS)

 

 

 

 

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