Fue organizado por el despacho de congresista Isabel Cortez

Derechos laborales son debatidos en foro sobre reglamento de relaciones colectivas

Centro de Noticias del Congreso

22 Ago 2022 | 19:02 h

Con el fin de analizar y conocer con mayor amplitud los derechos a la sindicalización, negociación colectiva y huelga de los trabajadores, contenidos en el Decreto Supremo N° 014-2022-TR, el despacho de la congresista Isabel Cortez Aguirre (CD.JP) organizó el Foro sobre los principales cambios en el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.

El Decreto Supremo N° 014-2022-TR (modifica el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 011-92-TR) se publicó el 23 de julio del presente año. La actividad se realizó en el auditorio del edificio José Faustino Sánchez Carrión, del complejo legislativo.

Al inaugurar el evento, Isabel Cortez Aguirre sostuvo que “para nadie es un secreto que en nuestro país las leyes laborales nos han fallado de muchas formas y en muchos niveles; allí tenemos una legislación que discrimina y mantiene en la precariedad a nuestros trabajadores”.

“Una legislación que no garantiza el cumplimiento de obligaciones laborales, ni la sanción para los empleadores que, además de vulnerar derechos, quedan impunes; una legislación extensa y confusa que en nada ha solucionado la informalidad en la que vivimos; y además, se encuentra desfasada tanto con los pronunciamientos del Tribunal Constitucional como del Poder Judicial”, expresó.

Este dispositivo legal “no va a causar desempleo ni provocar conflictos”, manifestó, “tal como lo afirman algunos opinólogos”. “No va a arreglar los problemas de los sindicatos, porque eso tenemos que hacerlo nosotros mismos”, enfatizó Cortez. “Pero sí es una posibilidad en la estrategia de la defensa de los derechos de todos los (trabajadores) que representamos”.

El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Alejandro Salas Zegarra, subrayó la importancia de estos eventos para comprender que “todo en el tiempo evoluciona”, y ya era el momento de reivindicar a un trabajador que durante casi treinta años estuvo bajo una ley que nació accidentada, sin debate, sin dialogo.

Salas Zegarra recordó ante el auditorio que la Ley de Relaciones Colectivas se aprobó mediante un Decreto Supremo en el año 1992, fue observado hasta en 16 oportunidades por organismos internacionales, y en el 2003, mediante una nueva ley se “levantan” 12 de 16 observaciones; pero “el reglamento no fue modificado”.

“Toca ahora un proceso de implementación”, señaló. “Toca fortalecerlo. Son derechos que han sido conquistados en el tiempo. No podemos retroceder bajo ningún criterio, podemos dialogar, podemos ampliar criterios, pero no se puede retroceder en algo que es completamente justo”.

“Si aspiramos a ingresar a la OCDE, debemos dar dignidad a nuestros trabajadores” señaló al recordar que la hoja de ruta adoptada por el Perú para lograr dicho ingreso, es muy clara cuando se dice que debe respetarse los derechos laborales. Por ello, dijo, “el Decreto Supremo busca promover que los trabajadores obtengan derechos constitucionales”.

Por su parte, el especialista en Derecho Laboral, Ernesto Aguinaga Meza, hizo un análisis pormenorizado del dispositivo legal, que, dijo, modifica 31 artículos del reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas, publicada en 1992.

Según Aguinaga Meza, el DS 014-2022, con dichas modificatoria, ha eliminado todas las barreras ilegales que impedía el derecho legítimo de un trabajador a la libertad sindical, a la negociación colectiva y el derecho de huelga.

“Si la ley ya era restrictiva”, expuso, “imagínense lo que era el reglamento”. “Para que se den cuenta de lo que era el reglamento anterior, el nivel de ilegalidades contenidas en ese reglamento, había 35 artículos, abiertamente ilegales”.

OFICINA DE COMUNICACIONES.

 

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