Acceso a antecedentes policiales de parejas prevendrá violencia contra la mujer

06 Jul 2021 | 2:49 h

  • También se aprobaron dictámenes sobre Salas de Entrevistas Únicas y de resguardo de la identidad de menores adoptados

La Comisión de la Mujer y Familia del Congreso aprobó hoy por unanimidad -7 votos- el dictamen que recomienda la aprobación del Decreto de Urgencia 023-2020 sobre la creación de un mecanismo de prevención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, desde el conocimiento de los antecedentes policiales para así establecer vínculos afectivos seguros y libres de violencia.

La presidenta de este grupo de trabajo Carolina Lizárraga Houghton (Partido Morado) destacó que este dictamen, cumpliendo el control de constitucionalidad de parte del Legislativo sobre los decretos de urgencia del Ejecutivo, beneficia de modo importante a millones de potenciales víctimas de violencia: “Esta medida busca tutelar preventivamente el derecho a la vida, a la integridad personal y a una vida libre de violencia de la persona que podría estar en riesgo de sufrir violencia, al relacionarse sentimentalmente con un agresor”, sostuvo.

El Decreto de Urgencia 023-2020 tiene por objeto establecer un mecanismo que regula que las personas puedan conocer de antemano información relevante sobre los antecedentes policiales de sus parejas, en particular, los antecedentes de violencia que representen un riesgo para su vida e integridad personal, con la finalidad de que puedan tomar una decisión libre e informada respecto de su proyecto de vida. Cabe señalar que los antecedentes pueden ser dados de forma verbal o mediante otro mecanismo accesible y disponible.

Esa información puede ser solicitada respecto de los delitos o faltas relacionadas con el feminicidio; lesiones; violación sexual; tocamientos indebidos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de menores; acoso; acoso sexual; secuestro; trata de personas; explotación sexual; esclavitud y otras formas de explotación y delitos relacionados; y favorecimiento de la prostitución.

Las personas autorizadas a solicitar esa información son las que se consideren en riesgo de ser víctima de violencia en una relación de pareja, el familiar hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad de la persona que podría ser una potencial víctima de violencia, y otras personas cercanas a la potencial víctima de violencia, resguardándose además el derecho a la intimidad del titular de los antecedentes policiales ya que mediante el respectivo reglamento se establece que esa información sea usada idóneamente.

Mónica Saavedra Alarcón (Acción Popular) saludó la aprobación de este dictamen al destacar la posibilidad de prevenir la violencia, en especial los feminicidios: “Es muy importante para las mujeres peruanas conocer los antecedentes de su pareja, saludo y apoyo este dictamen”, precisó.

RESGUARDO DE INTIMIDAD DE MENORES ADOPTADOS

De igual modo, hoy se aprobó por unanimidad el dictamen recaído en el proyecto de ley 7835/2020-CR por el que se modifica el artículo 31 de la Ley 26497, permitiendo así la modificación del código único de identificación en caso de menores de edad adoptados, con la finalidad de resguardar su derecho a la intimidad personal y familiar.

“Estimamos apropiado permitir la modificación del código único de identificación en caso de menores de edad adoptados, con la finalidad de resguardar su derecho a la intimidad personal y familiar. Con esta modificación, se habilita la cancelación de la inscripción en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales para la implementación de una nueva inscripción en él con un nuevo código único de identificación, garantizando la reserva de la información relativa a la filiación original o primigenia”, explicó la presidenta de la Comisión.

Al respecto, la congresista Mónica Saavedra Ocharán, autora del proyecto de ley, precisó que la modificación traería tranquilidad a las familias adoptantes y se resguardaría el bienestar del menor pues actualmente los padres biológicos pueden “rastrear” a sus hijos adoptados.

“Actualmente los adoptados pueden ser objeto de visitas inapropiadas, por eso importante que se brinde la privacidad de su identidad, para que se permita el cambio de número de identidad, de esta manera se cortará el vínculo con sus parientes”, acotó.

SALAS DE ENTREVISTAS ÚNICAS PARA EVITAR REVICTIMIZACIÓN

De otro lado, se aprobó por unanimidad el pre dictamen recaído en el proyecto de ley 7007/2020-CR, que propone modificar el artículo 4 del Decreto Legislativo 1368, para la incorporación de salas de entrevista única por el Ministerio Público como parte del equipamiento de sus unidades de investigación forense.

La Ley 30364, el Reglamento de la Ley 30466 y el Decreto Legislativo 1297 disponen que los órganos de justicia que tratan casos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar y de desprotección familiar, incluido el Ministerio Público, cuenten con espacios apropiados para la declaración testimonial de niños, niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia, evitando así su revictimización; diligencia que puede realizarse a través de una Cámara Gesell o una sala de entrevista única.

Sin embargo, Lizárraga Houghton precisó que el Ministerio Público ha implementado 103 Cámaras Gesell y 44 salas de entrevista única en el país y que, sin embargo, la oferta no satisface la demanda respecto de los casos de violencia, siendo el tiempo de espera para acceder a ese servicio de uno hasta tres meses, según el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público.

Por tanto, la implementación de salas de entrevista única, sustentó la parlamentaria, constituye una necesidad urgente ya que propicia la existencia de espacios apropiados para llevar a cabo la diligencia de entrevista única de forma privada, cómoda, segura, siendo incluso más económica que la herramienta forense Cámara Gesell.

Lima, 5 de julio de 2021.

DESPACHO DE COMISIÓN

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