Trabajadores portuarios podrán percibir CTS en entidades financieras

Centro de Noticias del Congreso

17 Nov 2022 | 21:11 h

El Pleno del Congreso de la República aprobó por unanimidad el texto sustitutorio del dictamen donde recae el proyecto de Ley 1298, que propone modificar el artículo 15 de la Ley 27866, Ley del Trabajo Portuario, para otorgarles la potestad a los trabajadores portuarios de recibir el pago de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), en la entidad financiera de su elección.

La presidenta de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, Sigrid Bazán (CD JPP) indicó que en la actualidad, debido a la naturaleza del trabajo que realizan, los trabajadores portuarios, perciben la CTS de manera mensual, dado que su prestación de servicios es de corta duración.

La modificatoria del artículo 15 de la Ley 27866, permitirá que este beneficio social recupere su finalidad original, servir de contingencia económica en caso se realice un cese laboral del trabajador, si el trabajador así lo solicita.

De esta manera, podrán indicar la entidad bancaria, caja rural o cualquier otro organismo regulado por la superintendencia de Banca y Seguro (SBS) donde el empleador deberá depositar el dinero correspondiente a la CTS.

La modificación no irroga gasto adicional a las empresas, dado que solo se varía la modalidad de pago.

Se estima que esta norma beneficia a los 2043 trabajadores portuarios que se encuentran inscritos en el registro nacional.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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