Por no cumplir criterios de admisibilidad
Subcomisión declara improcedentes 15 denuncias constitucionales
Centro de Noticias del Congreso
19 Jun 2023 | 13:40 h
La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) envió al archivo 15 denuncias constitucionales declaradas improcedentes. La mayoría de ellas porque los denunciantes no eran los directamente agraviados o porque los hechos imputados no configuran los delitos penados por la ley.
El artículo 89 del Reglamento del Congreso establece que la calificación sobre la admisibilidad y/o procedencia de las denuncias debe responder a determinados criterios.
Entre ellos, el que la persona que formula la denuncia sea agraviada por los hechos o conductas que se denuncias; que se refieran a hechos o conductas que se denuncian; que se refieran ahechos o conductas que constituyan infracción a la Constitución y/o delitos de función previstos en la legislación penal.
Así también que la persona denunciada le corresponde o no la prerrogativa funcional del antejuicio o si ésta se encuentra o no vigente.
IMPROCEDENTES
Entre las denuncias improcedentes se encuentran las que se presentaron en contra de los congresistas de la bancada Cambio Democrático-Juntos por el Perú, acusados indistintamente por supuestas infracciones a la Constitución y otros delitos.
Es el caso de la congresista Sigrid Bazán Narro, denunciada por la legisladora Patricia Chirinos Venegas (Avanza País) por supuesta infracción a la Constitución, contra la tranquilidad pública, apología al delito contra la tranquilidad pública y usurpación.
La denuncia se refiere a los hechos que tuvieron lugar en la sede de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a inicios del presente año cuando Bazán Narro visitó a los estudiantes que se involucraron en las manifestaciones que se realizaron en Lima.
De acuerdo a la asesoría técnica de la subcomisión, no hubo usurpación ni apología contra la tranquilidad, puesto que con sus declaraciones públicas no se incitó ni se generó disturbios.
Otra denuncia en contra de esta legisladora provino del ciudadano Gregory Gallegos Ibaburu, quien acusa también a los congresistas Edgar Reymundo Mercado, Isabel Cortez Aguirre y Ruth Luque Ibarra. La denuncia fue por haber presentado un proyecto de ley que supuestamente es antidemocrático.
Otra denuncia declarada improcedente es contra el legislador Guillermo Bermejo Rojas por supuestamente provocar grave perturbación de la tranquilidad pública, conspiración para una rebelión y usurpación.
El informe de asesoría aprobado recomendaba su improcedencia en consideración que las expresiones públicas no refieren los delitos imputados.
Uno de los personajes más denunciados en este grupo de políticos es la expresidenta del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma Narváez, pues son cinco sus acusadores, quienes en algunos casos también sindican a otros miembros de ese órgano constitucional.
En la mayoría de los casos, los acusadores no cumplen con uno de los criterios de procedibilidad porque no son los directamente afectados, como lo establece el Reglamento del Congreso o porque las imputaciones no constituyen infracción a la Constitución.
Ese es el caso de la denuncia contra la ex fiscal de la nación, Zoraida Ávalos Rivera, porque el acusador no acreditó debidamente su representatividad, como es el de César Carlos Sandoval Pozo, con relación a la Coordinadora Perú.
Otras denuncias improcedentes por similares razones corresponden a los ex ministros de Justicia, y Derechos Humanos, Fernando Castañeda Portocarrero; y de Salud, Pilar Mazzetti Soler.
Al primero se le denunciaba por presuntos delitos de abuso de autoridad, homicidio culposo, lesiones, exposición o abandono peligroso, omisión de socorro y exposición a peligro y omisión de auxilio. la denuncia se basaba en reportajes sin sustento legal técnico.
En el segundo caso, de la exministra de Salud, es porque la persona que acusa no es la directamente agraviada.
OFICINA DE COMUNICACIONES