Cumplen con los parámetros de la Constitución

Subcomisión de Control Político aprueba informes sobre decreto legislativo y decretos supremos

Centro de Noticias del Congreso

14 Jun 2023 | 15:12 h

La Subcomisión de Control Político, que preside el congresista Alejandro Aguinaga Recuenco (FP), aprobó por unanimidad el informe del Decreto Legislativo (DL) 1552 que modifica la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

El informe concluye que el DL ha sido emitido al amparo de las facultades legislativas otorgadas por el Poder Ejecutivo y, en consecuencia, cumple con los parámetros formales establecidos en el artículo 101 numeral 4 y, el artículo 104 de la Constitución Política del Perú y el artículo 90 del Reglamento del Congreso de la República.

También aprobó por unanimidad el informe de los Decretos Supremos 061, 062, 065, y 067 que prorrogan el estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias de nuestro país por las intensas precipitaciones pluviales.

El DS 061/2023 refiere la prórroga el estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias del departamento de Áncash, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales.

De igual forma, el DS 062/2023 prorroga el estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas y Ayacucho por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales.

Respecto al DS 065/2023 prorroga el estado de emergencia nacional, por desastre de gran magnitud, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales en varios distritos de las provincias de los departamentos de Lambayeque, Piura y Tumbes.

Finalmente, el DS 067/2023 que declara el estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Junín, Pasco, Puno y Tacna, por peligro inminente ante déficit hídrico como consecuencia del posible fenómeno El Niño.

“Después de su evaluación y estudio la asesoría técnica concluye que los DS cumplen con los parámetros formales establecidos en los artículos 137 de la Constitución y el artículo 92 a) del Reglamento del Congreso, así como los fundamentos de hecho y de derecho que justificaron su decisión”, expresó el titular del grupo de trabajo.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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