Pleno aprueba dictamen a favor de miles de usuarios y lo exonera de segunda votación

Solicitudes de baja de servicios públicos serán atendidas de manera sencilla y ágil

Centro de Noticias del Congreso

18 Abr 2024 | 12:10 h

Con el propósito de simplificar el procedimiento para la solicitud de suspensión, cancelación o baja de los servicios públicos, el Pleno del Congreso aprobó, por mayoría, el dictamen del Proyecto de Ley 6342, que modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.

La propuesta modifica el artículo 66 de la Ley 29751, incorporando el párrafo 66.10 a fin de garantizar la protección de los usuarios de servicios públicos regulados. Obtuvo 103 votos a favor y 1 en contra.

Durante la sustentación, el congresista Wilson Soto Palacios (AP), presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, señaló que el dictamen beneficia a los usuarios, reduciendo los tiempos en la tramitación de sus solicitudes para dar de baja a los servicios de agua, luz, telefonía, gas natural y otros.

Además, facilita el procedimiento de baja y cancelación de servicios públicos en general, sin afectar los lineamientos, ni el sistema democrático, ni el Estado de derecho; por el contrario, su materia abarca un sector de los servicios públicos que afecta a toda la población dentro de nuestro territorio.

Agregó que su eficacia en la ejecución e infraestructura al otorgamiento de dichos servicios representa derechos constitucionales protegidos y que la fecha se encuentra regulado.

La congresista Diana Gonzáles Delgado (Avanza País), autora del proyecto de ley respectivo, explicó que en la actualidad muchas de las empresas que brindan estos servicios no permiten realizar estos trámites en todos sus canales de atención. En algunos casos solo es posible solicitar la cancelación o suspensión por vía telefónica o a través de las aplicaciones móviles, y en otros casos solo es posible de manera presencial.

Agregó que realizar esos trámites es confuso y complicado, porque para el usuario es difícil ubicar el acceso a estas solicitudes, ya sea porque no se encuentran denominadas de manera clara.
En razón a ello, dijo que es necesario asegurar el acceso directo a las solicitudes de baja y suspensión de los servicios de las empresas de servicios públicos, indicando que estas deben estar presentes en todos sus canales de atención, que sean visibles y de fácil ubicación para los usuarios.

La legisladora puntualizó que su proyecto de ley beneficia a las personas con algún tipo de discapacidad, a los adultos mayores o personas con movilidad restringida en general; y por último para todos los ciudadanos que trabajan y no pueden acercarse a las oficinas de estas empresas en el horario de atención.

El proyecto de ley fue exonerado del trámite de segunda votación obteniendo 104 votos a favor y 1 abstención.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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