SE PUBLICA LEY QUE REGULA GASTO DE PUBLICIDAD ESTATAL

Centro de Noticias del Congreso
18 Jun 2018 | 10:53 h
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política, el Congreso de la República publicó este lunes 18, en el diario oficial El Peruano, la Ley N° 30793, que regula el gasto de publicidad del Estado peruano.
La norma aprobada vía insistencia y suscrita por el presidente Luis Galarreta Velarde y Mario Mantilla Medina, establece que todas las entidades públicas, incluidas las de derecho privado, podrán publicitar sus tareas de gestión únicamente en los medios de comunicación del Estado, a tarifa de costo.
También dispone que estas deberán suscribir cuentas en las principales aplicaciones de redes sociales, en especial, aquellas que tengan mayor difusión y número de usuarios y consignar en ellas sus comunicados, avisos y demás temas de difusión social.
De igual forma, queda prohibida toda publicidad en los medios privados, bajo responsabilidad. Se precisa que no se considera el trabajo periodístico tales como reportajes, entrevistas, conferencias de prensa y similares, las que se pueden desarrollar libremente sin que suponga pago alguno al medio de comunicación.
“La infracción a este precepto será considerado delito de malversación”, anota.
La Ley también prevé excepciones de esta prohibición como en los casos de desastres o emergencias nacionales declarados por decreto de urgencia, las campañas de educación electoral por parte de los entes electorales una vez convocadas las elecciones.(ACV)
CENTRO DE NOTICIAS
PRENSA-CONGRESO 18-6-18
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