Sanción a autores de leyes no reglamentadas

Centro de Noticias del Congreso

19 Sep 2016 | 9:24 h

Hoy en día existen 53 leyes aprobadas por el Congreso, pero que no se aplican porque el Poder Ejecutivo no ha cumplido con reglamentarlas. Para acabar con esta omisión, la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado del Congreso está estudiando -desde hace 15 días- una propuesta legal para establecer que, en adelante, el ministro de Estado que no dicte el decreto supremo que reglamente una ley dentro del plazo fijado incurrirá en una infracción constitucional.

Y si en caso se dicte el reglamento de la ley y éste desnaturalice el espíritu de la norma, también habrá responsabilidad política en el ministro de Estado que le corresponde.

Estas novedades están contenidas en la proposición legislativa perteneciente a Justiniano Apaza, del Frente Amplio y que tiene el respaldo de su bancada política. Lo que pretende es corregir la actual Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para incorporar esta responsabilidad política en los ministros del gobierno de turno.

Desde el 2005 a la fecha existen 53 leyes sin reglamentar pero de las cuales en 42 casos se ha excedido el plazo con que contaba el Gobierno para la reglamentación correspondiente, según el reporte de Seguimiento a la Reglamentación de las Leyes correspondientes al período 2005 hasta el 25 de julio del 2016 elaborado por el Grupo Funcional de Sistematización de Informes y Opinión del Congreso de la República.

El congresista arequipeño advierte que en razón que el presidente de la República es irresponsable en términos políticos de sus actos durante el ejercicio de su mandato, le corresponde a los ministros de Estado asumir esa responsabilidad política por la no reglamentación de las leyes.

La propuesta plantea que con la finalidad de generar la «cultura de reglamentación», corresponderá al presidente del Consejo de Ministros informar por escrito a la presidencia del Congreso sobre el cumplimiento de las leyes que tienen plazo de reglamentación, por lo menos dos veces al año.

Este informe debe llegar al despacho de la presidencia del Congreso en los primeros días de cada legislatura parlamentaria. Esto es, en la primera semana de marzo o de agosto de cada año.

«Esta iniciativa, dice el legislador Apaza, guarda relación con las políticas de Estado expresados en el Acuerdo Nacional, especialmente con el fortalecimiento del régimen democrático y del Estado de Derecho. Es indispensable que se cumpla el objetivo de la reglamentación de una ley para dar efecto real al contenido de una norma que discuta y aprueba el Congreso de la República», alertó. (JSR)

 PRENSA CONGRESO

 

 

 

 

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