SAC aprueba informe final que recomienda acusar a exministro de Trabajo, Alfonso Adrianzén

Centro de Noticias del Congreso

07 May 2024 | 19:58 h

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC), que preside Lady Camones Soriano (APP), aprobó, por mayoría (17 votos a favor, cero votos en contra y 1 abstención), acusar al exministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Alfonso Adrianzén Ojeda, por la presunta comisión del delito de negociación incompatible.

Esta fue la conclusión del informe final de las Denuncias Constitucionales 395 y 406 acumuladas.

Al exministro se le acusa de haber influenciado en el pago irregular de más de 41 millones de soles efectuado por el Seguro Social de Salud –EsSalud, a la empresa Aionia Technology, la misma que obtuvo en el 2020 la buena pro de un millón de pruebas rápidas en el contexto de la pandemia del Covid 19.

Por ello, las denuncias planteaban acusar al ex alto funcionario por la presunta infracción de los artículos 38 y 39 de la Constitución Política del Perú, y por la presunta comisión del delito de negociación incompatible.

Sin embargo, el informe sostuvo que la “denuncia no ha sido debidamente motivada, conforme al estándar probatorio exigible actualmente al Parlamento para una acusación constitucional por juicio político, el cual fue establecido mediante la sentencia del TC 04044-2022-HC-TC por lo que debe ser desestimada”.

En consecuencia, “de conformidad con el inciso d6 del artículo 89 del Reglamento del Congreso, y en virtud al análisis realizado sobre los hechos materia de investigación, el informe final recomienda archivar ambas denuncias por la infracción a la Constitución”.

Por otro lado, sí se concluyó que existen indicios de que habría cometido el delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo en agravio del estado.

De acuerdo con el inciso g) del artículo 89 del Reglamento del Congreso, el informe aprobado será presentado ante la Comisión Permanente para que nombre “una Subcomisión Acusadora integrada por uno o más miembros de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, propuestos por su Presidente al momento de presentar el informe final, a efecto de que sustente el informe y formule acusación en su nombre ante el Pleno del Congreso”.

De otro lado, en el inicio de la sesión, la presidenta del grupo de trabajo propuso, a pedido de diversos congresistas, que las sesiones ordinarias de la SAC se realizarán todos los martes a las 17:30 horas, y de manera presencial; mientras que las sesiones extraordinarias serán los viernes a las 9:00 horas, de manera semipresencial. La propuesta no tuvo oposición.

DENUNCIAS PROCEDENTES
La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó dos informes de calificación de igual número de denuncias constitucionales (DC).

El primero corresponde a la DC 276, formulada por la congresista Patricia Chirinos Venegas (AvP), contra el exministro del Interior Dimitri Senmache Artola, por la presunta infracción a los artículos 39; 44 y 119 de la Constitución Política del Perú. Obtuvo 16 votos a favor, 2 votos en contra y cero abstenciones.

Se declara admitir a trámite la DC 276 en el extremo de presunta infracción del artículo 39 de la Constitución, e improcedente en el extremo de la presunta infracción de los artículos 44 y 119 de la Carta Magna.

El segundo informe corresponde a la DC 384, la 400 y la 466, acumuladas, formuladas contra el expresidente Martín Vizcarra Cornejo y diversos exministros, excongresistas y exmiembros del Tribunal Constitucional. Se aprobó por mayoría: 15 votos a favor, 1 voto en contra y 1 abstención.

Se propone, en primer lugar, admitir a trámite en un extremo, por procedente, acusar al expresidente Martín Vizcarra Cornejo y al expresidente del Consejo de Ministros Vicente Zeballos Salinas por infracción del artículo 134 de la Constitución; y contra el exministro Salvador del Solar por la infracción de los artículos 132 y 133 de la misma.

En segundo lugar declara improcedente por infracción a los artículos 38, 39, 43, 118 y 128 de la Constitución; y los presuntos delitos de aprovechamiento indebido del cargo, abuso de autoridad, usurpación de funciones, conspiración para una rebelión, sedición o motín, organización criminal.

En tercer lugar se propone acumular las tres denuncias constitucionales.

DENUNCIAS IMPROCEDENTES
En otro momento, se aprobaron cuatro informes finales que declararon improcedentes las siguientes denuncias constitucionales (DC).

La DC 220 contra el expresidente de la República, Pedro Castillo Terrones, por presuntamente haber incurrido en infracción de los artículos 38; 39; 43; 44; 45; 54; 55; 73; 110; 116; 118 (incisos 1 y 15); 163; 164 y 167 de la Constitución Política del Perú. Aprobado por unanimidad: 18 votos.

La DC 253 seguida contra la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera, por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad. Aprobado por unanimidad: 17 votos.

La DC 259, contra los miembros del Tribunal Constitucional: Augusto Ferrero Costa, José Luis Sardón de Taboada y Ernesto Blume Fortini, por la presunta infracción a los artículos 51, 55 Y 139 inciso 3 de la Constitución Política del Perú, y por la presunta comisión del delito de prevaricato. Aprobado por mayoría: 14 votos a favor, 3 votos en contra y 1 abstención.

La DC 378 contra Dina Boluarte Zegarra, en su condición de presidenta de la República, y Alberto Otárola Peñaranda, como expresidente del Consejo de Ministros, por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad. Aprobado por mayoría: 15 votos a favor, 3 votos en contra y cero abstenciones.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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