PUBLICAN LEY SOBRE DELEGACIÓN DE FACULTADES

Centro de Noticias del Congreso

24 May 2018 | 9:49 h

 

 Hoy se publica en el diario oficial El Peruano, la Ley 30776 por la cual el Congreso de la República delega en el Poder Ejecutivo, por el plazo de 60 días, la facultad de legislar en materia de reconstrucción y cierre de brechas en infraestructura y servicios y en los términos a que hace referencia el artículo 104 de la Constitución Política (delegación de facultades) y el Reglamento del Congreso (art. 90. Control sobre legislación delegada).

            Sobre la materia de delegación de facultades, se precisa en el artículo 2 de la ley, que el Ejecutivo está facultado para modificar todas aquellas normas que contengan disposiciones relativas a hacer frente a los desastres naturales, inversión pública regional, medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos.

            Así, podrá simplificar el ciclo de inversión de los proyectos en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios, sin transitar por otras fases que alargarían los trámites.

            Establecer que la Autoridad especial en el marco de este Plan integral asignará la condición de Unidad Formuladora y/o Ejecutora de Inversiones.

            También se le autoriza para ampliar las modalidades de contratación para las intervenciones en el marco del referido Plan.

            Podrá crear un proceso especial abreviado de contratación pública que reduzca plazos de adjudicación y de ejecución contractual, en el cual las apelaciones se acelerarán en el menor tiempo posible.

            Estas medidas que se dictan dentro de las facultades otorgadas no deberán restringir las competencias y atribuciones del Sistema Nacional de Control otorgadas por la Constitución Política y su ley orgánica.

            La ley lleva las firmas del presidente del Congreso, Luis Galarreta Velarde; y del primer vicepresidente, Mario Mantilla Medina.

PRENSA CONGRESO

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