Pleno aprueba propuesta que modifica Código de Protección y Defensa del Consumidor

Proveedores que no asistan a audiencias de conciliación serán multados con 30 % de una UIT

Centro de Noticias del Congreso

08 Abr 2022 | 11:45 h

El Pleno del Congreso aprobó por mayoría (85 votos a favor, 16 en contra y 5 abstenciones) el texto sustitutorio que propone incorporar el artículo 147-A a la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, con el fin de promover la asistencia del proveedor a la audiencia de conciliación.

Se trata del PL nro, 158/2021-CR que promueve y fortalece la institución jurídica de conciliación de consumo, como medio alternativo de solución de conflictos, dentro del marco constitucional y legal peruano, en estricto respeto a las normas procesales vigentes, lo cual redundará en favor de la sociedad en su conjunto.

El congresista José Luna Gálvez (PP), presidente de la comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, señaló que el proyecto de ley beneficiará a millones de consumidores.

En ese sentido, el texto aprobado, establece las consecuencias de la inasistencia a la audiencia de conciliación, entre ellas, que el proveedor que, habiendo sido debidamente notificado, no justifique su inasistencia dentro de las 24 horas de la fecha señalada para la audiencia es pasible de multa equivalente al 30 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

Además, se señala que “a pedido de parte y dentro de las 48 horas posteriores a la primera invitación a audiencia, se señala nuevo día y hora para la segunda invitación a la audiencia de conciliación, la misma que se fija dentro de los cinco días hábiles siguientes a la primera invitación”.

Otra medida que se fija es que “la inasistencia injustificada del proveedor a la segunda invitación da por concluida la conciliación y genera en el futuro procedimiento administrativo una circunstancia agravante especial, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 112 del Código Procesal Civil

Antes de pedir la votación, Luna Gálvez comentó que el texto recoge las sugerencias de los congresistas Alejandro Cavero (Avanza País) y Américo Gonza Castillo (PL).

También informó que se incorpora una única disposición complementaria para exonerar al Indecopi de lo establecido en el artículo 6 de la Ley 31306, Ley de Presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2022 a fin de evitar la carga procesal se incremente en esa institución.
Finalmente, el proyecto de ley fue exonerado del trámite de segunda votación con 84 votos a favor, 17 en contra y 4 abstenciones, con lo que quedó listo para ser enviado al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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