Propuesta contra la usura en los servicios financieros ingresa a un cuarto intermedio

Centro de Noticias del Congreso
29 Dic 2020 | 23:41 h

La propuesta de ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros mediante la modificación de los artículos 6 y 11 de la Ley 28587, Ley complementaria a la ley de protección al consumidor en materia de servicios financieros, ingresó a un cuarto intermedio para concretar la acumulación de tres nuevos proyectos de ley solicitados por igual número de congresistas.
La iniciativa legislativa fue propuesta originalmente por diversas bancadas y recae en los proyectos de ley 5250, 5343, 5598, 5904, 5960 y 6303.
El titular de la Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, Johan Flores Villegas (PP), sostuvo que el objetivo primordial de esta iniciativa es “evitar los abusos del sistema financiero estableciendo tasas máximas de interés y regulando comisiones y gastos en los productos financieros”.
El mercado financiero peruano, señaló, durante muchos años está altamente concentrado. Y es por ello que “podemos decir que existe un oligopolio, no hay una real competencia, y se imponen barreras de entrada a nuevas empresas financieras y entidades como las cajas municipales, a las cuales se les impide emitir tarjetas de crédito y otros productos”.
Flores Villegas denunció que, de acuerdo con información otorgada por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), cuatro bancos (Continental, Banco de Crédito del Perú, Interbank y Scotiabank) concentran el 85 % de los créditos directos de la banca múltiple, y el 84 % de los depósitos.
Actualmente, continuó, el artículo 52 de la Ley orgánica del Banco Central de Reserva establece que esta entidad propicia que las tasas de interés de las operaciones del sistema financiero sean determinadas por la libre competencia, dentro de las tasas máximas que fije para ello en ejercicio de sus atribuciones.
Y, “excepcionalmente, el banco tiene la facultad de fijar tasas de intereses máximos y mínimos con el propósito de regular el mercado. Este artículo, guarda concordancia con la legislación de la SBS regulada por la Ley 26702”.
Es por ello, manifestó, que se propone que el BCR establezca tasas máximas de forma semestral para los créditos de consumo de bajo monto igual o menores a dos UIT y los créditos para las pequeñas y microempresas.
“Estas tasas de interés máximas serán fijadas semestralmente después de un estudio técnico y económico, además se establece que las empresas financieras que cobren tasas por encima de ese límite serán tipificadas como delito de usura”, explicó.
PRENSA-CONGRESO