Comisión de Trabajo

Promueven protección a trabajadores ante actos de hostilidad laboral

Centro de Noticias del Congreso

23 May 2023 | 19:24 h

Con el propósito de brindar protección a los trabajadores contra los actos de hostilidad, la Comisión de Trabajo, presidida por la legisladora Sigrid Bazán Narro (CD-JP) aprobó una iniciativa de ley para este caso.

Durante la sesión de trabajo se debatió y aprobó por mayoría el predictamen recaído en el proyecto de ley 4707/2022-CR, que con texto sustitutorio, propone la ley que modifica el Decreto Legislativo 728, Ley de Fomento del Empleo, para reforzar la protección del trabajador contra los actos de hostilidad.

La titular de la Comisión de Trabajo, refirió que la presente iniciativa legislativa tiene el objetivo de precisar la causal de despido por rendimiento deficiente, y que esto no genera costos económicos o fiscales.

Conceptualmente, en el proyecto de ley, se pueden encontrar las algunas ventajas como encontrar una mejor cobertura en términos de tutela a los trabajadores y promover el cumplimiento de obligaciones, normas y respeto a los derechos fundamentales de los trabajadores.

También se precisó que la presente iniciativa de ley tiene por objeto modificar el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante el Decreto Supremo 003-97 TR.  La finalidad de la ley es garantizar el derecho a no ser hostilizado en la relación laboral.

Se modifica el artículo 66 del Decreto Legislativo 728, Ley de Fomento del Empleo, modificando los literales a), c), d) y g) y se incorpora el literal i) del artículo 66 del DL en mención, precisando que son actos de hostilidad equiparables al despido, el incumplimiento de las obligaciones legales, convencionales o falta de otorgamiento condiciones de trabajo, salvo razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditados; el traslado del trabajador a lugar distinto de aquel en el que preste habitualmente servicios, que le ocasione perjuicio.

De igual forma, la inobservancia de medidas de seguridad y salud en el trabajo; los actos contra la moral, la dignidad y los que lesionen los derechos fundamentales del trabajador, así como la falta de respuesta motivada por escrito a una solicitud del trabajador para el cumplimiento o aplicación de una norma, entre otros aspectos vinculados a la propuesta de ley.

Al término de la sustentación, la legisladora Isabel Cortez Aguirre (CD-JP), señaló la importancia de la propuesta de ley para dar mayor protección a los trabajadores ante actos de hostilidad laboral.

Su colega Hernando Guerra-García (FP) solicitó se precise algunos términos relacionados a la hostilidad y solicitó se revise nuevamente la propuesta.

Su colega Sigrid Bazán, también coincidió en señalar la importancia del proyecto toda vez que servirá para reforzar los derechos de los trabajadores contra los actos de hostilidad laboral en el país. Finalmente, la iniciativa de ley fue aprobada por once votos a favor, uno en contra y una abstención.

CHAMBITA JÓVEN

Seguidamente se debatió y aprobó, también por mayoría, el predictamen recaído en el proyecto de ley 3858/2022-CR que, con texto sustitutorio, propone la ley que crea el subprograma “Chambita Joven” para la atención de jóvenes en el Perú.

Se dio a conocer que el objeto de la presente, es fomentar el empleo temporal a favor de las personas jóvenes, que se encuentran en situación de vulnerabilidad, con la finalidad de mejorar su calidad de vida.

En relación al fomento del empleo temporal se propone que el 10% de las vacantes ofertadas por los programas de empleo temporal, promovidos por el Estado, deben ser ocupados por personas jóvenes, que cumplan algunas condiciones, como la de encontrarse entre 18 a 29 años, que no cuenten con estudios superiores técnicos o universitarios, lo cual se acredita con la información que obra en el Ministerio de Educación o en la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria.

También quienes se encuentren en situación de pobreza extrema, lo cual se acredita con la información que obra en el Sistema de Focalización de Hogares. La persona joven beneficiaria acredita las condiciones conforme a lo establecido en el reglamento para este caso.

Otras ventajas, en este caso, están relacionadas a la mejora de la calidad de vida de los jóvenes que se encuentren en el rango de edad de 18 a 29 años, que no cuenten con estudios superiores técnicos o universitarios y que se encuentren en situación de pobreza extrema, a través de su inserción al mercado laboral. Visibilizar a las personas que se encuentran dentro del grupo de jóvenes sin trabajo, a fin de implementar más programas que ayuden a su inserción laboral.

Al término del debate, el proyecto de ley en mención fue aprobado por once votos a favor, seis en contra y tres abstenciones.

En la segunda parte de la reunión, la congresista Isabel Cortez Aguirre, sustentó una iniciativa de ley de su autoría; el proyecto de ley N°2446/2021-CR, ley del trabajador audiovisual y/o cinematográfico.

Finalmente, la Comisión acordó por mayoría, de diecisiete votos, citar al Ministro de la Producción el próximo martes 30 de Mayo, a fin de responder temas vinculados en concordancia con la agenda establecida para dicha reunión.

OFICINA DE COMUNICACIONES

ver más

Relacionados

Presidente del Congreso cita para mañana sábado 27 a sesión de instalación de la legislatura 2024-2025

26 Jul 2024 | 13:21 h

El presidente del Congreso de la República, Eduardo Salhuana Cavides, convocó hoy a la Representación Nacional a la sesión...

Leer más >
  • Compartir

Eduardo Salhuana expresa compromiso para que el Parlamento siga siendo la garantía de la libertad y de fortaleza de la democracia

26 Jul 2024 | 13:05 h

En su discurso de asunción, el presidente del Congreso de la República, Eduardo Salhuana Cavides, expresó hoy su compromiso...

Leer más >
  • Compartir