Promoverán saneamiento físico legal de los bienes inmuebles prehispánicos
Centro de Noticias del Congreso
07 May 2024 | 8:57 h
La Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural que preside el legislador Héctor Acuña Peralta (No – A), aprobó por unanimidad el texto sustitutorio del proyecto de Ley que modifica la Ley 26366, Ley de Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos; la Ley 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; y la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, a fin de promover el saneamiento físico – legal de los bienes inmuebles prehispánicos.
El dictamen aprobado se elaboró en referencia a los proyectos de ley 3154/2022-CR y 4013/2022-CR que tiene como objetivo coadyuvar y promover el saneamiento físico legal de los 25 mil bienes inmuebles prehispánicos de nuestro país.
En la modificatoria propuesta para la Ley 26366 de creación del Sistema Nacional de Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos, vincula en lo jurídico registral a los registros de todos los sectores públicos de predios, registros de naves y embarcaciones, registros de concesiones para la explotación de servicios públicos, registros de Áreas Naturales Protegidas, Registros de derechos mineros agregando los Registros de Bienes Inmuebles Prehispánicos.
En la modificatoria propuesta para la Ley de Creación del Ministerio de Cultura (Ley 29565) se da competencias compartidas a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales dentro de su respectiva jurisdicción. Atribuciones de coordinar la protección y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación. La defensa y conservación de los bienes inmuebles prehispánicos, monumentos históricos y artísticos y las acciones orientadas a apoyar la actualización del catastro y saneamiento físico – legal de los bienes inmuebles prehispánicos.
Asimismo, en otra modificatoria de la Ley general de Patrimonio Cultural, se prevé que los gobiernos regionales presten asistencia y cooperación a los organismos pertinentes para la ejecución de proyectos de investigación, restauración, conservación y difusión así como para el saneamiento físico legal de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, ubicados en su jurisdicción en temas de delimitación y de saneamiento físico –legal.
También, a las Municipalidades se les da la posibilidad de dictar medidas administrativas necesarias para la protección, conservación y difusión de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su localidad, así como para la implementación de planes y acciones orientados al saneamiento físico-legal de los bienes inmuebles prehispánicos de su correspondiente jurisdicción.
El legislador Alejandro Cavero Alva (Avanza País – Partido de Integración Social), afirmó que el dictamen aprobado es sumamente importante porque en el país existen 25 mil inmuebles de bienes arqueológicos, 10 mil de ellos declarados Patrimonio; solamente 460 de estos delimitados y de ellos 257 inscritos en Registros Públicos. El saneamiento físico – legal es el primer paso para la recuperación de los bienes prehispánicos, afirmó.
MEDIDAS DE SALVAGUARDIA PARA EXPRESIONES CULTURALES
Se aprobó por mayoría el proyecto de ley que Declara de Interés nacional la implementación de medidas de salvaguardia vinculadas a los usos, manifestaciones y expresiones culturales de los departamentos de Áncash, Apurímac, Cajamarca, Junín y San Martín.
En la iniciativa se contempla la Festividad del Carnaval de Turpo del Distrito de Turpo, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac. Festividad de la Virgen de los Dolores, Patrona de Anguía, del distrito de Anguía, provincia de Chota, departamento de Cajamarca. La Festividad de la Virgen del Rosario, Mamá Huarina, de la provincia de Huari, departamento de Ancash. La Festividad del zapateo de año nuevo del Niño de Jesús de Praga Cochasino, del distrito de Cochas, provincia de Concepción, departamento de Junín.
Del mismo modo, la Festividad del Carnaval de Rioja, de la provincia de Rioja, departamento de San Martín. La Festividad del Carnaval de Cajamarca, de la provincia de Cajamarca, departamento de Cajamarca. También la Festividad del Carnaval de Tíkapallay Domingo del distrito de Progreso, provincia de Grau, departamento de Apurímac. La Danza de los Viajeros de la Chanta Umaca del Distrito de Andara, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac.
Para todas las festividades referidas se propone medidas de salvaguarda por tratarse de expresiones culturales y del patrimonio cultural inmaterial de la Nación.
OFICINA