Aprueba la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales

Procedentes denuncias constitucionales contra Hinostroza Pariachi y excongresistas

Centro de Noticias del Congreso

22 Ene 2021 | 20:40 h

Con nueve votos a favor y una abstención, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó el informe de calificación que declara procedente la denuncia constitucional 376, presentada por la Fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera, en contra del exjuez de la Corte Suprema de Justicia de la República, César José Hinostroza Pariachi.

Se le acusa por la presunta comisión del delito de cohecho activo, específico tipificado en el artículo 398 del Código Penal.

La Subcomisión, que preside el congresista Luis Roel Alva (AP), aprobó además el informe de calificación que declarada procedente la denuncia constitucional 374 también presentada por la Fiscal de la Nación en contra de los excongresistas Javier Velásquez Quesquén y José Marvin Palma Mendoza; así como en contra del ex contralor General de la República, Edgar Arnold Alarcón Tejada. La decisión fue tomada con ocho votos a favor y dos abstenciones.

Según la referida denuncia, a los excongresistas se les acusa de presunta comisión del delito de tráfico de influencias; en tanto que al excontralor se le culpa de presunta comisión del delito de cohecho pasivo propio.

DENUNCIAS CIUDADANAS IMPROCEDENTES

En otro momento, con siete votos a favor y tres abstenciones, se aprobó el informe de calificación que declara improcedente la denuncia constitucional 302, presentada por el ciudadano Walter David Luque, en contra de la Fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera y los ex fiscales supremos, Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos y Pablo Wilfredo Sánchez Velarde.

También contra el exministro del Interior, Carlos Moran y el exdirector nacional del Sistema de Inteligencia del Estado, Carlos Hernán Illanes Calderón.

Se les acusaba de la presunta comisión de los delitos de organización criminal (artículo 317 del Código Penal), marcaje o reglaje (artículo 317-A del Código Penal), tortura (artículo 321 del Código Penal), discriminación (artículo 323 del Código Penal), encubrimiento personal (artículo 404 del Código Penal), omisión de denuncia (artículo 407 del Código Penal) y prevaricato (artículo 418 del Código Penal).

Igual suerte tuvo la denuncia constitucional 295 cuyo informe de calificación que declara su improcedencia fue aprobado con cinco votos a favor, tres en contra y dos abstenciones.

La referida denuncia fue presentada por el ciudadano Aurelio Edilberto Hernández en contra de la fiscal de la nación, Zoraida Ávalos Rivera; sin embargo, el informe precisa que tanto la materia de la denuncia y el delito de la acusación no es específico, motivo por el cual se declara su improcedencia.

“En vez de declararse improcedente debería declarase inadmisible y que el ciudadano pueda precisar más la denuncia, darle unos tres días para que precise. No nos debemos convertir -en la subcomisión- en escuderos de la señora fiscal de la nación”, dijo la congresista Martha Chávez Cossio. Coincidió con ella su colega Calos Mesía Guevara: “Estoy de acuerdo con la congresista, si hay un error de forma darle unos días al ciudadano creo que eso no hace daño a nadie”, puntualizó.

INSTRUCTIVO SOBRE LA ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL

Los legisladores se pronunciaron sobre varias denuncias constitucionales interpuestas por los ciudadanos que han sido declaradas improcedentes por no cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento del Congreso, lo cual evidencia que hay un problema de acceso a la información que impide que los ciudadanos presenten una denuncia adecuadamente.

“Una medida muy pertinente es enseñar algún video instructivo o manual sobre el procedimiento de una acusación constitucional y los requisitos para presentar esa denuncia. Es interés de todos nosotros que los ciudadanos puedan denunciar a un alto ciudadano cuando los ha agraviado de alguna manera”, opinó la congresista María Retamozo.

El congresista Roel Alva anunció una medida al respecto. “Vamos a preparar un video instructivo, así como un manual que se publicarán a través de Fondo Editorial del Congreso de la República y en el portal institucional sobre la denuncia constitucional -tanto antejuicio y juicio político- para que sirva a los ciudadanos con los requisitos de admisibilidad como de procedencia para que sus denuncias sean debidamente presentadas” dijo Roel Alva quien además que se difundirá por el canal del Congreso y las redes sociales del Congreso de la República.

 

Lima, 23 de noviembre de 2020

PRENSA-CONGRESO

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