PROCEDENTE ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL A MIEMBROS DEL CNM

Centro de Noticias del Congreso

13 Jul 2018 | 13:02 h

 

Por infracción a varios artículos de la Constitución Política, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales declaró en forma unánime,  que es procedente la acusación constitucional presentada por un grupo de congresistas contra dos miembros del Consejo Nacional de la Magistratura y un vocal supremo.

En efecto, el grupo de trabajo parlamentario, que preside Milagros Takayama  (FP), no requirió de un amplio debate para dar su voto a favor de la investigación que amerita el  caso de corrupción de los altos funcionarios de una de las instancias más importantes de la justicia en el país.

Takayama Jiménez indicó que elevará inmediatamente a la Comisión Permanente el Informe de Calificación de Denuncia Constitucional N° 211 para que se les otorgue el plazo de investigación y realizar los actos que se requieren.

La denuncia constitucional fue presentada por los congresistas de la bancada oficialista Mercedes Aráoz Fernández, Patricia Donayre Pasquel, Guido Lombardi Elías, Carlos Bruce Montes de Oca y Alberto Oliva Corrales. Comprende a los consejeros del CNM, Iván Noguera Ramos y Julio Gutiérrez Pebe por infracción a los artículos 39, 150 y 154 de  la Constitucional.

Asimismo, al vocal supremo César Hinostroza Pariachi, por  infracción a los artículos 39 y 143 de la Carta Magna.

La denuncia se basa  en las revelaciones que se hicieron a través de unos audios difundidos por un programa de televisión en los que se evidencia conversaciones que refieren conductas contrarias a su cargo, con el fin de privilegiar intereses personales.

OTRAS DENUNCIAS

Otras dos denuncias constitucionales fueron rechazadas por mayoría por contradecir el artículo 89 del Reglamento del Congreso que establece que pueden presentar ese pedido quienes se consideren directamente agraviados por altos funcionarios del Estado.

En ese sentido, fue archivada la Denuncia Constitucional N° 212 formulada por el ciudadano Juan Pablo Felipe Chanco contra los miembros del CNM Guido Águila Grados, Julio Atilio Gutiérrez Pebe y Sergio Iván Noguera Ramos, por la presunta comisión de tráfico de influencias, sancionado en el artículo 400 del Código Penal.

Igual suerte corrió la Denuncia Constitucional N° 213 presentada por el decano del Colegio de Abogados de Junín, Elías Antonio Vilcahuamán Ninanya, contra las mismas personas, es decir Águila Grados, Gutiérrez Pebe y Noguera Ramos, la misma que fue presentada ante el Congreso de la República el miércoles último. En este caso ni la persona, ni la institución a la que representa son los directamente agraviados. (MED)

PRENSA CONGRESO

 

 

 

 

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