Comisión de Pueblos Andinos

Presentan informe final de investigación sobre derrame de petróleo en Ventanilla

Centro de Noticias del Congreso

08 Mar 2023 | 19:36 h

La Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología presidida por la legisladora  María Taipe Coronado, de Perú Libre,  hizo entrega del Informe final que arrojó  la investigación efectuada respecto al derrame de hidrocarburos en Ventanilla el año pasado.

El informe lo recibieron el representante  de la Municipalidad de Ventanilla y  dirigentes de las comunidades afectadas por el incidente ambiental.

Dicho informe recomienda a la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, hacer  la valoración correspondiente y tomar  acciones que por ley le compete, identificando a  los responsables, funcionarios públicos y privados, involucrados en  los daños causados en materia ambiental. Asimismo que identifique damnificados y otros que se determine el presente informe.

Recomienda al Ministerio Publico, que en la denuncia que obra en la respectiva carpeta fiscal, se considere a la empresa RELAPASAA y al grupo Económico Repsol como terceros civilmente responsables.

Como producto de la actualización del presente informe, se recomienda al Ministerio Público, considerar además de los damnificados de los distritos de Ventanilla, Ancón, Santa Rosa, Aucayama y Chancay, a los que resultaron afectados de Puerto Supe y Barranca en condición de agraviados, según la actuación de pericias e indagaciones correspondientes.

El informe propone al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, asumir la orientación y asistencia legal de las poblaciones afectadas, en los procesos judiciales que se entablen, a fin que la empresa RELAPASSA y el Grupo Económico Repsol, responsables del más grave derrame de petróleo producido en la costa peruana, asuman el cumplimiento de las compensaciones e indemnizaciones por  los daños y perjuicios causados. Daños económicos y de salud.

A la  PCM, a través de INDECI y CENEPRED, se le insta a coordinar  con los gobiernos locales de la zona afectada, e insta a  que se conforme una comisión encargada de identificar y hacer el seguimiento del empadronamiento real de los afectados. (Incluyendo a aquellos que no han sido considerados en los padrones elaborados hasta la fecha, tomando en cuenta que la expansión del crudo ha llegado hasta los 140 km hacia al norte, donde se ubica Puerto de Supe).

Se recomienda la reapertura del padrón de los afectados, a quienes eventualmente y previa verificación, se deberá incluir en las indemnizaciones por los diferentes tipos de daños ocasionados.

Esta comisión, además deberá evaluar de forma precisa la afectación por lucro cesante a los agraviados de la zona afectada, para estimar la reparación económica que corresponda.

Al Ministerio de Salud, se le pide que realice exámenes médicos y haga  vigilancia del estado de salud general de las personas residentes en el área geográfica afectada, así como el monitoreo periódico de la calidad del agua marina, durante los próximos años.

Que, el Ministerio de la Producción realice el monitoreo constante de los productos hidrobiológicos obtenidos en la zona afectada y en la costa norte del país, con la finalidad de prevenir el consumo de producto contaminado.

Al Ministerio de Ambiente y al Ministerio de Producción, se les insta a conformar un comité multidisciplinario especializado, afín de que se inicie el proceso de valorización económica por los daños ocasionados en el medio ambiente, la fauna marina y la población.

Asimismo, refiere que  la empresa RELAPASAA, debe  asumir el cumplimiento de reparaciones colectivas e integrales, como encargados de resarcir el daño causado, en términos ambientales, ecológicos, y vida humana óptima; para así contar con alternativas para la recuperación ecológica.

El informe consigna que, la empresa RELAPASAA, debe cumplir con remitir la información de la limpieza realizada de los sitios declarados rehabilitados, con validación de los sectores de fiscalización y control del Estado, respecto a la remediación de las áreas afectadas, así como también su intervención en el fondo marino y zonas donde aún se evidencia la presencia del crudo derramado.

PRERROGATIVAS Y FACULTADES INVESTIGADORAS

Todo ello en virtud, a que la Comisión, que contó  con prerrogativas y facultades de comisión investigadora, y  su informe final aprobado por unanimidad, concluyó  que nuestro litoral afectado por el derrame de crudo, nunca más volverá a ser el de antes, su rehabilitación tendrá una duración mínima de entre 10 a más de 20 años.

La principal responsabilidad del indicado derrame recae en la empresa Refinería la Pampilla S.A.A. (RELAPASAA), haciéndose extensiva al Grupo Económico Repsol, a la que pertenece a través de REPSOL PERÚ B.V., en su condición de accionista mayoritario; por las siguientes razones:

El amarre del buque no cumplió con el estudio de maniobra del terminal, ni con el manual de operaciones del terminal de RELAPASAA, con respecto al número mínimo de cabos de amarre por cada boya.

En toda la operación de descarga, durante 8 horas, hubo un incremento y disminución de presión, lo cual indicaría MALAS PRÁCTICAS DE OPERACIONES LOGÍSTICAS DE DESCARGA de hidrocarburos, de acuerdo a la Guía Internacional de Seguridad en Buques Tanques y Terminales Petroleros – ISGOTT.

De lo investigado, se desprende que las causas de la rotura del PLEM no se debieron a causas naturales, porque los vientos y las olas estaban muy por debajo de los límites permitidos.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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