Pleno sanciona resolución legislativa que aprueba Acuerdo Comercial con Reino Unido

Centro de Noticias del Congreso

28 Dic 2020 | 20:02 h

Con 105 votos a favor y 11 abstenciones, el Pleno del Congreso sancionó el proyecto de Resolución Legislativa que aprueba el Acuerdo Comercial entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por una parte, y la República de Colombia, la República del Ecuador y la República del Perú, por otra, suscrito en Quito, Ecuador, el 15 de mayo de 2019.

Así lo acordó en la sesión virtual que realizó el lunes 28, dirigido por el congresista Luis Roel Alva, vicepresidente de Parlamento Nacional.

La propuesta fue sustentada por el congresista Gilmer Trujillo Zegarra (FP), presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores.

“El acuerdo comercial tiene como objetivo preservar los derechos y obligaciones previstos en el Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y los Países Andinos, después de que deje de aplicarse al Reino Unido”, explicó el legislador.

Precisó, además, que dicho convenio entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por una parte, y la República de Colombia, la República del Ecuador y la República del Perú, por otra, está conformado por un título, el preámbulo, el cuerpo principal que consta de nueve artículos, un anexo y una declaración conjunta sobre las indicaciones geográficas.

“Tiene como nota característica incorporar las disposiciones del Acuerdo con la Unión Europea, con las modificaciones y precisiones del Anexo, por lo que sus disposiciones se incorporan mutatis mutandis a este Acuerdo Comercial, en un solo cuerpo jurídico”, agregó.

Puntualizó que el Acuerdo Comercial busca que tanto el Reino Unido como el Perú mantengan condiciones similares a las que tenían ambos estados antes de la salida del Reino Unido de la Unión Europea, para que las relaciones comerciales no se vean afectadas.

Al análisis de la proposición legislativa, es preciso señalar que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo emitió opinión favorable sobre el acuerdo, que concluye señalando la necesidad de poner en vigor el Acuerdo Comercial con el Reino Unido, que incorpora por referencia el Acuerdo con la Unión Europea, efectuándose únicamente modificaciones para garantizar la continuidad y operatividad de las preferencias y disposiciones incluidas en el Acuerdo Comercial con la Unión Europea.

De acuerdo con el análisis costo-beneficio, de conformidad con lo señalado por el Ministerio de Economía y Finanzas y por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), las disposiciones del Acuerdo con la Unión Europea relacionadas al acceso a los mercados, asuntos aduaneros y facilitación del comercio, y servicios, establecimiento y movimiento de capitales (inversiones) han sido incorporadas casi en su totalidad, sin modificaciones en el Acuerdo con el Reino Unido, por lo que no habría mayor incidencia económica en la suscripción del presente acuerdo.

La propuesta alcanzó 105 a favor, 11 abstenciones. De acuerdo con el penúltimo párrafo del artículo 78 del Reglamento del Congreso, no se requiere segunda votación.

PRENSA-CONGRESO

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