En segunda votación
Pleno del Congreso regula otorgamiento de dietas en Indecopi
Centro de Noticias del Congreso
30 May 2024 | 13:17 h
El Pleno del Congreso aprobó, en segunda votación, el dictamen del proyecto de ley que regula el otorgamiento de dietas y la realización de sesiones de los diferentes órganos resolutivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
Obtuvo 73 votos a favor, 25 en contra y 6 abstenciones.
Se trata del dictamen recaído en el Proyecto de Ley 6453 y establece que el Indecopi otorga dietas al vocal del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, así como el comisionado que desempeña su función a tiempo parcial en un número máximo de 10 dietas al mes, conforme el artículo 2 de la propuesta.
El congresista Wilson Soto Palacios (AP), presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, sostuvo en su momento, que la iniciativa legislativa garantiza la eficacia de los órganos resolutivos de Indecopi, mediante la ampliación del número máximo de sesiones y dietas a percibir; según corresponda la naturaleza, competencia y carga de los órganos resolutivos de dicha institución.
El texto señala que «la dieta es una retribución económica otorgada al vocal del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual y al comisionado que desempeña su función a tiempo parcial por su asistencia efectiva a cada una de las sesiones convocadas por los diferentes órganos resolutivos del Indecopi, teniendo como máximo diez dietas al mes cuando el número de sesiones exceda dicga cifra».
La propuesta establece que la implementación se financiará con cargo al presupuesto institucional del Indecopi, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.
Además, se otorga al Indecopi un nuevo plazo de trescientos sesenta y cinco días hábiles, contados a partir de la entrega en vigor de la presente ley, para la publicación en su portal institucional de las resoluciones referidas en la disposición complementaria final segunda de la Ley 31692 que garantiza la publicación de las resoluciones del Indecopi.
OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL