Pleno del Congreso no alcanzó votos para inhabilitar a Delia Espinoza por 10 años

Centro de Noticias del Congreso

12 Mar 2026 | 17:54 h

El Pleno del Congreso no alcanzó los votos necesarios para aprobar el proyecto de resolución legislativa que planteaba inhabilitar por diez años, para el ejercicio de la función pública, a Delia Espinoza, exfiscal de la nación, por presunta infracción de los artículos 45, 93 y 139 (incisos 3 y 5) de la Constitución Política del Perú.

Durante la votación realizada en la sesión plenaria, la representación nacional registró 57 votos a favor, 21 en contra y 3 abstenciones, cifra que resultó insuficiente para alcanzar los dos tercios requeridos para aplicar una sanción de este tipo a un fiscal supremo. En ese contexto, la propuesta quedó sin efecto y el expediente será remitido al archivo correspondiente.

Vale indicar que el debate se originó a partir del informe final de las denuncias constitucionales 563 y 618 (acumuladas), presentadas por los congresistas Yorel Kira Alcarraz Agüero (bancada PP) y José Ernesto Cueto Aservi (bancada HyD). Ambos parlamentarios cuestionaron la actuación de la entonces titular del Ministerio Público por la presentación de la Denuncia Constitucional 549 contra 11 legisladores, por votar a favor del dictamen del Proyecto de Ley 319/2021-CR, que reguló la contratación de pensionistas de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

Durante la sustentación del informe, el vicepresidente de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Jorge Montoya Manrique (bancada HyD), argumentó que la exfiscal habría vulnerado la garantía de inviolabilidad parlamentaria prevista en el artículo 93 de la Carta Magna. Según explicó, dicha disposición establece que los congresistas no responden ante autoridad alguna por los votos u opiniones que emitan en el ejercicio de sus funciones.

“Admitir que la inviolabilidad parlamentaria pueda ser desplazada cuando un proyecto de ley beneficie a un sector implicaría que ningún legislador pueda votar en materias que alcancen a grupos sociales determinados”, sostuvo.

Asimismo, el informe planteó que la actuación cuestionada habría excedido los límites del ejercicio del poder estatal previstos en el artículo 45 de la Constitución y vulnerado principios vinculados al debido proceso y la motivación de las resoluciones, contemplados en el artículo 139 de la Carta Magna.

Por su parte, la defensa de Delia Espinoza, representada por el abogado Rodolfo Pérez, rechazó los argumentos del informe y afirmó que la actuación de la exfiscal respondió al cumplimiento de sus funciones constitucionales. “La fiscal de la Nación es la única autoridad independiente que puede presentar denuncias constitucionales contra congresistas. Hacerlo no solo es legal, sino parte esencial del principio de separación de poderes”, señaló.

DEBATE

A lo largo del debate parlamentario, diversos congresistas expusieron posiciones contrapuestas. Mientras algunos legisladores defendieron la necesidad de proteger la inviolabilidad del voto parlamentario, otros cuestionaron la pertinencia de imponer una sanción de esta naturaleza.

En ese contexto, la congresista Patricia Juárez (bancada FP) remarcó que dicha prerrogativa constituye una garantía funcional del Parlamento y advirtió que “criminalizar los votos de los congresistas resulta incompatible con el modelo democrático”.

Por su parte, Roberto Chiabra (bancada APP) sostuvo: “Acá no necesitamos esta ley de interpretación, y no solo para quienes son elegidos como congresistas. ¿Acaso creen que no hay policías, militares, gobernadores o alcaldes del Cusco o de Juliaca trabajando también en Lima o en distritos como San Borja?”.

Asimismo, Edwin Martínez (bancada AP) dijo: “El Congreso tiene que hacerse respetar y el Ministerio Público no puede atropellar las facultades que la Constitución nos otorga”.

En contraste, Wilson Quispe (bancada JPP-VP-BM) indicó:“Podemos mencionar todos los artículos que queramos, pero el pueblo es el único testigo. La gran mayoría de ciudadanos no está de acuerdo con una sanción injustificada contra la doctora Delia Espinoza”.

Tras la votación, el tercer vicepresidente del Congreso, Ilich López, precisó que la Constitución exige al menos 68 votos (equivalentes a dos tercios de los miembros hábiles del Parlamento) para aprobar la inhabilitación de un fiscal supremo. Al no alcanzarse ese umbral, la propuesta fue remitida para su archivo.

No obstante, el congresista Jorge Montoya presentó una reconsideración de la votación, por lo que el tema podría volver a evaluarse.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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