Se consultará su admisión en la próxima sesión
Pleno da cuenta de moción de vacancia presidencial
Centro de Noticias del Congreso
23 Oct 2020 | 19:52 h
El Pleno del Congreso dio cuenta esta noche de la Moción de Orden del Día nro. 12684, que propone declarar la permanente incapacidad moral del presidente de la república, Martín Vizcarra Cornejo, según lo establecido en el inciso 2) del artículo 113 de la Constitución Política del Perú
Y además, plantea que se “declare la vacancia de la Presidencia de la República y, en consecuencia, la aplicación del régimen de sucesión establecido en el artículo 115 de la Constitución Política del Perú”.
La moción, presentada el 20 de octubre, lleva la firma de congresistas de las bancadas de Unión Por el Perú, Podemos Perú, Frente Amplio y No Agrupados.
Al respecto, el titular del Parlamento, Manuel Merino De Lama, señaló que de conformidad con el artículo 113 de la Constitución y el artículo 89-A del Reglamento del Congreso, en la siguiente sesión plenaria se consultará la admisión de la referida moción de vacancia presidencial.
El inciso b) del artículo 89-A del Reglamento señala que “para la admisión del pedido de vacancia se requiere el voto de por lo menos el cuarenta por ciento de Congresistas hábiles. La votación se efectúa indefectiblemente en la siguiente sesión a aquella en que se dio cuenta de la moción”.
El inciso c) refiere que el Pleno del Congreso acuerda día y hora para el debate y votación del pedido de vacancia, sesión que no puede realizarse antes del tercer día siguiente a la votación de la admisión del pedido ni después del décimo, salvo que cuatro quintas partes del número legal de congresistas acuerden un plazo menor o su debate y votación inmediata.
“(…) Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial. El presidente de la república cuya vacancia es materia del pedido puede ejercer personalmente su derecho de defensa o ser asistido por letrado, hasta por sesenta minutos”.
PRENSA-CONGRESO