Pleno aprueba proyecto que incorpora una disposición complementaria a la Ley de Reforma Magisterial

Centro de Noticias del Congreso

20 Dic 2021 | 12:42 h

Concluido el cuarto intermedio, el Pleno del Congreso aprobó, por mayoría (89 a favor, 4 en contra y 5 abstenciones), el proyecto de Ley que modifica el artículo 19 de la Ley N.° 29944, Ley de la Reforma Magisterial.

El congresista Esdras Medina Minaya (RP), presidente de la Comisión de Educación, señaló que el texto sustitutorio de la norma considera que el concurso de la carrera pública magisterial se realizará en dos etapas.

La primera a cargo del Ministerio de Educación, que evalúa las capacidades y los conocimientos del postulante para el ejercicio de la docencia en modalidad, forma, nivel y especialidad de las plazas en concurso, y se realiza a través de una prueba clasificatoria.

La segunda a cargo de la institución educativa, que evalúa capacidad didáctica, formación, mérito y experiencia de quienes resulten aptos en la primera etapa. En esta segunda etapa, el encargo se le otorga a la Unidad de Gestión Educativa Local (Ugel).

La relación de las plazas vacantes por institución educativa es elaborada por la Ugel y refrendada a nivel regional y nacional por las instancias correspondientes.

De advertirse durante el proceso alguna causal que ofrece su validez, el Minedu declara de oficio su nulidad y convoca a nuevo concurso en un plazo no mayor de seis meses, bajo responsabilidad.

Respecto a la nulidad del concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial 2021, señala que, de conformidad con el artículo 19, el Minedu declara la nulidad del concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial del 2021, que determina los cuadros de méritos para la contratación docente de los años 2022-2023 en instituciones educativas públicas de educación básica, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles, penales contra los que resulten responsables de las irregularidades cometidas.

En cuanto, al concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial para el 2022, refiere que los profesores inscritos en el mencionado concurso son considerados como postulantes habilitados para participar en el concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial que el Minedu debe implementar en el 2022, salvo que declaren su intención de no participar en el mismo.

Durante el debate, el congresista Pasión Dávila Atanacio (PL) lamentó que este concurso de docentes haya sido apañado por presuntos actos de corrupción de una institución como el INEI. Además, señaló que desde el Congreso en pleno año del bicentenario no se puede contemplar este nivel de trabajo que viene de años atrás y que este año recién ha salido a flote.

Por su parte, la congresista Flor Pablo Medina expresó su desacuerdo con la norma y exigió que retorne a la Comisión de Educación para un mayor análisis. Consideró que no se puede cancelar una evaluación que en este momento se encuentra en investigación y que el ministro del sector podría reactivar el proceso de evaluación.

“Lamentablemente hay un grupo en el Congreso y en el Ejecutivo que no están de acuerdo con la evaluación docente y han visto en estos actos una oportunidad para desacreditar la evaluación que durante años se ha llevado de manera técnica”, acotó.

A su turno, Luis Aragón Carreño (AP) afirmó que la educación es un derecho fundamental protegido y es un derecho social que tiene por finalidad promover el desarrollo integral de la persona humana.

“Si queremos proveer ese desarrollo tiene que ser en función a la calidad que todo maestro tiene que ejercer durante el mandato de su cargo y ejercicio. Eso implica que la Ley N.° 29944, Ley de Reforma Magisterial tiene que ser objeto de cumplimiento y esta resolución viceministerial 001-2021 Minedu tiene que ser objeto de nulidad”, precisó.

El proyecto de ley fue exonerado de segunda votación con 89 votos a favor, 4 en contra y 6 abstenciones.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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