A través de un correcto ejercicio de los procesos constitucionales
Pleno aprueba propuesta que busca evitar la paralización de obras publicas

Centro de Noticias del Congreso
06 Jul 2022 | 15:28 h

El Pleno del Congreso aprobó, por mayoría, la iniciativa que modifica diversos artículos del nuevo Código Procesal Constitucional para asegurar el correcto ejercicio de los procesos constitucionales a fin de evitar el abuso de normas tendientes a la paralización de obras públicas en todos los niveles de gobierno, maximizar el principio de separación de poderes y salvaguardar la autonomía del Poder Legislativo.
La presidenta de la Comisión de Constitución y Reglamento, Patricia Juárez Gallegos (FP), una de las autoras de la propuesta, junto a los legisladores Eduardo Castillo Rivas (FP), José Luis Elías Ávalos (PP) y del Poder Ejecutivo, dijo que se trata de garantizar una absoluta defensa del fuero parlamentario y no permitir más obras paralizadas en el país.
El texto sustitutorio aprobado con modificaciones surgidas del debate registró, en primera votación, 74 votos a favor, 37 en contra y cuatro abstenciones, modifica varios artículos del nuevo Código Procesal Constitucional, Ley N.° 31307, propone que en los procesos de amparo, hábeas data y de cumplimiento, interpuesta la demanda por el agraviado, el juez en el término de 15 días hábiles, bajo responsabilidad, señala fecha y hora para la audiencia única, que tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles.
Juárez Gallegos aclaró que no se trata de una modificación constitucional, sino la del nuevo Código Procesal Constitucional porque a partir de acciones de amparo se han paralizado obras en perjuicio del Estado y de la población.
También recordó casos en los que hubo excesos del Poder Judicial, como cuando se pretendió interferir en la elección de los miembros de Tribunal Constitucional y se vio la necesidad de poner una valla más alta para que no sea cualquier juez del país que pudiera plantear una acción de amparo contra un procedimiento parlamentario que paralice al Poder Legislativo.
“Es por eso que lo que se ha planteado es que sea estas acciones de amparo y estas medidas cautelares planteadas por la sala ante la sala civil o constitucional y luego sean revisadas por la Corte Suprema de la República”, anotó.
De acuerdo al texto sustitutorio aprobado es competente la Sala Constitucional y si no la hubiere, la sala civil de turno de la Corte Superior de Justicia respectiva, si la afectación de derechos se origina en una resolución judicial o laudo arbitral; un procedimiento de selección de obra pública o ejecución de ésta, o una decisión de los órganos del Congreso, dentro de un proceso parlamentario.
La propuesta señala que, en el caso de medidas cautelares, respecto de procesos de selección de obras públicas o de su ejecución, se notifica la solicitud cautelar a la parte demandada para que haga valer su derecho en el plazo de diez días hábiles. La Sala resuelve en el término de cinco días hábiles de formulada la oposición.
Además, el juez puede desestimar la medida cautelar si considera que el monto de la carta fianza es insuficiente para garantizar la reparación de los daños y perjuicios que puedan resultar de la medida.
Una cuestión previa presentada por la congresista Susel Paredes Piqué (NA), para dedicar un mayor estudio a la propuesta con participación de constitucionalistas, no prosperó por 65 votos en contra, 42 a favor y cinco abstenciones.
EL DEBATE
La congresista Susel Paredes Piqué (NA) se manifestó en desacuerdo con el planteamiento, que incluye autonomía al Congreso de la Republica en los procedimientos parlamentarios y consideró que el tema de las obras paralizadas están vinculadas a la Ley de Contrataciones, con lo que la iniciativa resulta confusa, dijo.
Coincidieron con Paredes Piqué las congresistas Ruth Luque Ibarra (CD-JPP) y Silvana Robles Araujo (PL). Sostuvieron que nadie puede estar exento de control constitucional y que se pueden tomar decisiones que pueden afectar derechos fundamentales de cualquier índole.
Para los congresistas de la bancada de Acción Popular, Luis Aragón Carreño, Pedro Martínez Talavera y Wilson Soto Palacios, se tienen que respetar los procedimientos parlamentarios y la autonomía del Poder Legislativo.
La titular de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Gladys Echaiz (APP) consideró que el dictamen busca hacer respetar las competencias constitucionalmente asignadas a los distinoas órganos que hacen funciones del poder.
El congresista Eduardo Salhuana Cavides (APP) consideró correcta la participación de un juez competente, de primera instancia, constitucional o civil, habida cuenta que la mayoría de jueces son suplentes y no brindan la garantía necesaria de transparencia e idoneidad.
La segunda votación de esta propuesta se efectuará transcurridos siete días calendario como mínimo, según lo dispone el artículo 78 del Reglamento del Congreso.
OFICINA DE COMUNICACIONES