Comisión de Defensa del Consumidor
Plantean nuevos contratos por matrículas de colegios privados
Centro de Noticias del Congreso
20 Jul 2020 | 20:13 h
La posibilidad de volver a firmar contratos por matrícula en los colegios privados debido a la emergencia sanitaria, y no intervenir o regular precios, son las principales premisas que plantean los proyectos de ley 5230, 5514 y 5743, cuyo estudio se inició hoy en la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, que lidera José Luna Morales (PP).
Se trata del proyecto de ley 5230/2020-CR que modifica el Código de protección y defensa del consumidor para proteger al usuario del servicio educativo en circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, de autoría de María Retamozo Lezama (Frepap).
También el PL 5514/2020-CR, Ley que establece el reajuste de las pensiones en instituciones educativas en estado de emergencia, de autoría de Aron Espinoza Velarde (PP), y el 5743/2020-CR, Ley que garantiza la continuidad, transparencia y calidad de la educación privada escolar en tiempos de emergencia sanitaria, catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la nación, es de autoría de Carlos Mesía Ramírez (FP).
Para la presidenta de la Asociación de Padres de Familia de Colegios Privados –ANAPEF, Agnieszka Céspedes, el diálogo entre los padres de familia y los directivos de los colegios privados no existe en la práctica, y más bien, existe la coacción e intimidación en la firma de nuevos contratos o adendas, al límite de dejar a los niños sin plataforma.
Al respecto, la directora general de la Dirección General de la Calidad de Gestión Escolar, del Ministerio de Educación – MINEDU, Rosa Zapata Tipian, admitió que el 90 por ciento de los padres están insatisfechos por las clases virtuales que han provocado 117 protestas, y exhortó al diálogo para que las partes lleguen a un acuerdo bajo el principio de la solidaridad en virtud del estado de emergencia y en el marco de la Constitución.
Sobre los proyectos de ley analizados, dijo establecen aspectos ya tomados en cuenta por el Decreto Legislativo 1476, publicado el 4 de mayo último, en el que claramente se dice que las “instituciones educativas privadas informan sobre el costo de cada una de las prestaciones incluidas en el pago de la cuota de matrícula y de las pensiones, desagregando aquellos conceptos que pueden ser brindados de manera no presencial y aquellos que no”.
Además, dijo que la transparencia de la información es un mecanismo que busca mejorar el acceso a información veraz, oportuna, completa, objetiva, de buena fe, apropiada y de fácil acceso y comprensión para que los usuarios puedan tomar decisiones respecto del servicio educativo ofrecido en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19.
Por su parte, el representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual –INDECOPI, Edwin Aldana Ramos, indicó que los padres de familia tienen el derecho de recibir información adecuada, buscar la idoneidad del servicio, y se contempla la protección de los intereses económicos de los padres de familia, en donde se podrían observar conductas de parte de los colegios susceptibles de ser sancionadas, ya sea por denuncias de los interesados o por actos de fiscalización.
Los autores
Aron Espinoza Velarde mostró su extrañeza de que los funcionarios de Educación e Indecopi digan que todo “está bien, que el DL 1476 soluciona todo, pero este no es el sentir de los padres y de los alumnos. Puedo dar fe de que estas medidas no han surtido efecto”. Puesto que “si esto fuera así, no estarían presentándose estos proyectos de ley”.
Carlos Mesía Ramírez fue directo hacia el artículo 13 de la Constitución, cuyo último párrafo establece que los padres de la familia tienen el deber y el derecho de participar en la educación de sus hijos. “Los funcionarios no dicen si los padres de familia están contentos. Más bien dicen que estos proyectos plantean un control de precios, y en ningún lado se habla de ello. Se habla de prohibiciones, tal como el DL 1476”.
En ningún momento, sostuvo, el proyecto de ley “ingresa a regular precios o modificar contratos. Lo que sucede es que el PL tiene como virtud regular en época de desastres. Dicen que todo esto está regulado. Pero lo que preocupa es eso que se plantea: o lo tomas o lo dejas, y eso no es así”.
“Necesitamos que los padres de familia, con los dueños de los colegios privados, se pongan a contratar otra vez, porque los tiempos han cambiado, por la pandemia. No se está entrando a modificar un contrato, sino una nueva posibilidad de sentarse a contratar. Y desafío, en el buen sentido de la palabra, a los funcionarios que digan dónde se controla y qué contrato se vulnera”.
“Lo que hay que garantizar es un equilibrio. Tú, Estado, tienes que garantizarme a mí que lo que compro, me lo brinden”. En cuanto a los dispositivos emitido por el Ejecutivo, dijo, que “solo tienen el interés de los colegios privados”.
Nuevo etiquetado
Seguidamente, la Comisión de Defensa del Consumidor aprobó por unanimidad el predictamen recaído en el Proyecto de Ley 4880/2020-CR, que mediante un texto sustitutorio propone la ley que modifica el artículo 3 del Decreto Legislativo 1304, Ley de etiquetado y verificación de los reglamentos técnicos de los productos industriales manufacturados, exigiendo la consignación del país de origen en los productos alimenticios envasados o con procesado primario.
La iniciativa legislativa se basó en el proyecto presentado por el parlamentario Rolando Campos Villalobos (AP).
Disminución de tarifa eléctrica
La congresista Carmen Omonte Durand (APP) sustentó el Proyecto de Ley 5108/2020-CR, que modifica el artículo 79 de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Tal como lo establece el proyecto, la iniciativa pretende modificar el artículo 79 de la Ley 25844, que fija en 12 por ciento la Tasa de Actualización utilizada en el proceso de fijación de tarifas eléctricas, con el fin de garantizar tarifas justas para los usuarios y consumidores, y propone bajarla a 10 por ciento.
En su exposición, la congresista manifestó que la Tasa de Actualización es la misma desde 1993, a pesar de los cambios macroeconómicos que han ocurrido en el país desde aquella época, cuando nuestro riesgo país era el más bajo de Latinoamérica y de que este se encuentre por debajo de la media de todos los países emergentes.
Lima, 20 de julio de 2020
PRENSA-CONGRESO