Plantean autorizar el nombramiento de docentes contratados en las universidades públicas

Centro de Noticias del Congreso

16 Jul 2021 | 20:04 h

Terminado el cuarto intermedio, el Pleno del Congreso debatió y aprobó, con 92 votos a favor y 12 abstenciones, el dictamen de la Comisión de Educación que propone autorizar el nombramiento de los docentes contratados de las universidades públicas.

La propuesta tiene por objetivo autorizar de manera excepcional el nombramiento de docentes contratados de las universidades públicas en la categoría de auxiliar, únicamente para aquellos que se hayan adjudicado una plaza mediante concurso público de méritos y cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 30220, Ley Universitaria, para el ejercicio de la docencia.

Dicha acción se ejecutará siempre y cuando existan plazas orgánicas consideradas en la Ley 31084, Ley de presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y para dicha categoría. De existir más demanda que oferta de plazas, la universidad pública realizará un concurso interno de mérito para proceder al nombramiento reflectivos.

La iniciativa legislativa ordena, a quien corresponda, que en el plazo de 90 días calendario, de entrada en vigencia de la presente ley, se realice el reordenamiento de la información registrada en el aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), y convierta las plazas de docentes contratados tipo A-32 (auxiliar a tiempo completo); A-16 (auxiliar tiempo parcial a 10 horas); A-8 (auxiliar tiempo parcial a 4 horas); B-32 (auxiliar a tiempo completo); B-16 (auxiliar tiempo parcial a 10 horas); B-8 (auxiliar tempo parcial a 4 horas).

Respecto a sus modificaciones presupuestarias, la propuesta autoriza a las universidades públicas a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para la implementación de la presente ley, no y irrogando mayor gasto al tesoro público.

Asimismo, dispone que las universidades públicas actualicen sus documentos de gestión como el Cuadro para la Asignación de Personal-Provisional (CAP-P) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley.

El dictamen también autoriza a las universidades públicas a desarrollar acciones de personal como nombramiento, ascensos y promoción de personal docente para la prestación del servicio educativo de pregrado, para tal efecto durante el año fiscal 2021

Además, las universidades públicas quedan exceptuadas de las restricciones en los numerales 8.2 y 8.3 del artículo 8 de la Ley 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.

En sus disposiciones complementarias finales, la propuesta autoriza, de manera excepcional, a las universidades públicas que amplíen oferta académica en el marco de lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 31084, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2021, para que durante el año fiscal 2021, realicen contrato de personal docente de pregrado, en plazas de personal docente, que a la fecha de la publicación de la presente ley, se encuentran financiadas y registradas en el aplicativo informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

Para tal efecto, las universidades públicas que amplían oferta académica quedan exceptuadas de los requisitos establecidos en los numerales 8.2 y 8.3 del artículo 8 de la Ley 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.

Además, deberán iniciar las acciones para contar con su respectivo documento de gestión como son el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro de Asignación de Personal-Provisional (CAP-P) y el Presupuesto Analítico de personal 2021 (PAP-2021).

El presidente de la Comisión de Educación, Luis Dioses Guzmán (SP), señaló que trabajó con los congresistas integrantes del grupo de trabajo para sacar, en consenso, un nuevo texto sustitutorio.

«Del análisis y revisión de la normativa vigente se evidencia que, con la aprobación de la presente propuesta legislativa, se regula el derecho del docente universitario de acuerdo con las leyes vigentes y considerando el carácter excepcional de la propuesta legislativa, que se encuentra enmarcada en la Constitución Política del Perú, no genera impacto alguno sobre el ordenamiento jurídico», expresó.

 

Lima, 16 de julio de 2021
PRENSA CONGRESO

 

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