PIDEN QUE JUECES DEL TC SE ABSTENGAN POR DECORO

Centro de Noticias del Congreso

05 Mar 2018 | 19:28 h

La Comisión de Defensa Nacional acordó por mayoría proponer la “abstención por decoro” de cuatro magistrados del Tribunal Constitucional (TC) en el proceso de inconstitucionalidad presentado por el Poder Ejecutivo contra la ley que modifica el dispositivo para el ordenamiento definitivo del régimen de pensiones del personal policial y militar.

Asimismo, aprobó solicitar a la Mesa Directiva la designación del congresista Javier Velásquez Quesquén (CPA), titular de ese grupo de trabajo, como apoderado del Congreso en el referido proceso, y al congresista Carlos Tubino (FP) como su acompañante.

La decisión fue adoptada con la abstención del congresista oficialista Juan Sheput para que los magistrados Manuel Miranda Canales, Marianella Ledesma Narváez, Carlos Ramos Núñez y Eloy Espinosa-Saldaña Barrera, quienes se encuentran sometidos en la actualidad a un procedimiento parlamentario de acusación constitucional por infracción a la Carta Magna.

De igual manera, por presuntamente el haber acudido de manera irregular, a instancias internacionales para que se archive el procedimiento parlamentario que se encuentra en curso.

Velásquez Quesquén señaló, que en esas circunstancias, no existen garantías de imparcialidad y que el artículo 313 del Código Procesal Civil establece que cuando se presentan motivos que perturban la función del juez, éste por decoro puede abstenerse mediante resolución debidamente fundamentada.

PENSIONES MILITAR Y POLICIAL

En este contexto, Velásquez Quesquén acompañado de Tubino Arias Schereiber, deberán concurrir ante el TC para responder a la demanda de constitucionalidad presentada por el Poder Ejecutivo contra la Ley N° 30683 que modifica el Decreto Ley N° 1133 para el ordenamiento definitivo del régimen de pensiones del personal militar y policial a fin de regular las pensiones del DL N° 19846.

La demanda gubernamental tuvo lugar el 30 de enero del presente año después que la ley fuese aprobada tras amplio debate y varias modificaciones el 20 de noviembre del 2017 y  se había puesto en vigencia.

La ley establece que los pensionistas del régimen de pensiones del DL 19846 deben percibir como pensión un monto equivalente a la remuneración consolidada  que considera todas las remuneraciones, bonificaciones, asignaciones, así como cualquier otro ingreso de carácter permanente y según el grado remunerativo sobre la base del cual perciben su pensión.

El  Poder Ejecutivo observó la propuesta legislativa, pero el Poder Legislativo aprobó su insistencia y la promulgó el 20 de noviembre pasado. De allí la reacción gubernamental y la presentación de una denuncia constitucional por supuestamente irrogar gasto al Estado. (M.Escobedo)

PRENSA CONGRESO 05-03-18

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