Según opinión consultiva de Comisión Constitución

PCM debe presentarse este jueves 28 para dar cumplimiento a artículos 135 y 130 de CPP

Centro de Noticias del Congreso

26 May 2020 | 21:43 h

La Comisión de Constitución y Reglamento, que preside Omar Chehade Moya (APP), resolvió que el titular del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos Salinas, se presente este jueves 28 al Pleno del Congreso de la República, en función de lo que señala, en ese orden, los artículos 135 y 130 de la Carta Magna del país

Esta fue la respuesta a una opinión consultiva solicitada el 25 de mayo de 2020 por el presidente del Congreso de la República, Manuel Merino De Lama, sobre la inminente concurrencia del titular del Consejo de Ministros. Debido a ello, el premier deberá exponer su plan de gobierno a futuro y sus acciones durante el interregno parlamentario.

Omar Chehade sostuvo que la Comisión de Constitución ya tenía una opinión porque en días pasados se había enviado un oficio al titular del Congreso para solicitarle que invitara a Zeballos a presentarse al Pleno a recibir la investidura en función de los dos mencionados artículos de la Constitución.

Aun así, y debido a las palabras de Vicente Zeballos Salinas, en el tono de que solo se presentaría al Pleno el 28 de mayo en función del artículo 135 que lo conminaba a exponer sus acciones durante el interregno parlamentario, suscitó una controversia y opiniones diversas.

El congresista Guillermo Aliaga Pajares (Somos Perú) en su primera intervención expresó la necesidad de que se nos diga cuál es la política general del gobierno y sumó un escenario más a los propuestos por los mencionados artículos, el de una posible censura, propuesta que diversos parlamentarios señalaron como innecesaria en las actuales circunstancias que vive el país.

El legislador Carlos Mesía Ramírez (Fuerza popular) mencionó el oficio aludido por Omar Chehade en el que se incluía un análisis del constitucionalista César Delgado Guembes en el que el titular de PCM debe presentarse al Pleno para cumplir los artículos 130 y 135, y ya no hay nada en debate.

El congresista Carlos Almerí Veramendi (Podemos Perú) señaló que los artículos mencionados obligaban al gabinete a presentarse al congreso, pero lo que cabe, en esta situación, es el 135, porque hubo un interregno, y a ello, añadir la política general debido a las actuales circunstancias.

LOS ARTÍCULOS CONSTITUCIONALES

El artículo 130 de la Constitución establece que dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo de ministros concurre al Congreso para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión. Al finalizar el debate se le brinda o no cuestión de confianza.

El artículo 135 establece que, reunido el nuevo Congreso, puede censurar al Consejo de Ministros, o negarle la cuestión de confianza, después de que el Presidente del Consejo haya expuesto ante el Congreso los actos del Poder Ejecutivo durante el interregno parlamentario. Como se sabe, en ese lapso el Ejecutivo gobernó a través de decretos de urgencia.

 

Lima, 26 de mayo de 2020

PRENSA-CONGRESO

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