Acuerda establecer Pleno del Congreso

Nuevos plazos para presentar decretos supremos que transfieran recursos a gobiernos regionales y locales

Centro de Noticias del Congreso

23 Jun 2023 | 0:42 h

El dictamen que establece nuevos plazos para presentar y aprobar decretos supremos de transferencias de recursos del Gobierno Nacional para el financiamiento de inversiones en los gobiernos regionales y municipales, fue aprobado esta noche, por mayoría, en el Pleno del Congreso de la República.

La iniciativa legislativa de los proyectos de ley 5157 y 5338, ambos del 2022, obtuvo 99 votos a favor, tres en contra y ocho abstenciones. De acuerdo con el artículo 78 del reglamento congresal, la referida norma no requiere de segunda votación.

El titular de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, José Luna Gálvez (PP), precisó que dichos plazos para presentar y aprobar los mencionados decretos supremos de transferencias de recursos, se encuentran especificados en las leyes de Presupuesto 2023 y la que aprueba créditos suplementarios, para financiamiento a favor del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales.

El primer caso se refiere al 14.1 del artículo 14 de la Ley 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y el segundo del numeral 3.6.6 del párrafo 3.6 del artículo 3 de la Ley 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos de los gobiernos nacional, regional y local.

El plazo para el 14.1 del artículo 14 de la Ley 31638, son los siguientes:

a) Las propuestas de decreto supremo correspondientes solo pueden ser presentadas al

Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 14 de julio de 2023.

b) Los decretos supremos que aprueban las trasferencias de recursos en el marco del artículo 14 de la Ley 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se publican hasta el 27 de julio de 2023.

El plazo para el numeral 3.6.6 del párrafo 3.6 del artículo 3 de la Ley 31728, son los siguientes:

a) Las solicitudes de financiamiento solo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 15 de julio de 2023.

b) Los decretos supremos que aprueban las trasferencias de recursos en el marco del numeral 3.6.6 del párrafo 3.6 del artículo 3 de la Ley 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas, se publican en un plazo que no exceda el 30 de agosto de 2023.

Intervino en el debate Eduardo Salhuana Cavides (APP) quien solicitó los nuevos plazos que fueron aceptados por el titular de la Comisión de Presupuesto.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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