Comisión de Defensa del Consumidor aprueba dictamen por unanimidad

Modifican Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones

Centro de Noticias del Congreso

27 Jul 2020 | 20:19 h

Por unanimidad, con 6 votos a favor, la Comisión de Defensa del Consumidor aprobó el dictamen de varios proyectos que proponen la ley que modifica el Decreto Supremo 054-97-EF, Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones.

“Se han incorporado los aportes solicitados y se debe considerar que los cambios realizados tiene como eje el bienestar del afiliado -la razón de ser del Sistema Privado de Pensiones- al incorporar las Cuentas Individuales de Capitalización (CIC) es que las personas que aportan al sistema buscan tener un nivel de pensión que se equiparen al nivel de los ingresos que tiene durante su vida laboral y para lograrlo es necesario que su CIC alcance en el largo plazo niveles de rentabilidad superiores a los que se podría obtener con depósitos similares en el sistema financiero”.

Así lo señaló el congresista José Luis Luna Morales (PP), presidente de dicha comisión, al sustentar el dictamen en la sesión virtual que realizó el lunes 27.

Agregó que eso se logra a través de un portafolio de instrumentos financieros fijos y variables que brinden un nivel de rentabilidad alto con un adecuado nivel de riesgo. Subrayó que la teoría económica plantea que en caso de la administración del portafolio de inversión la rentabilidad está directamente relacionada con el riesgo, es decir, que a mayor rentabilidad esperada un mayor riesgo. En ese sentido -señaló- es evidente que el afiliado quisiera recibir una mejor pensión en el largo plazo por lo que no es bueno castigar inversiones volátiles, pero rentables en el corto plazo.

“Se trata de alinear el interés entre el afiliado y la administradora del fondo. Por eso buscamos un balance entre una comisión fija y una comisión variable que dependerá si hay o no rentabilidad positiva. De esa forma el resultado de la rentabilidad de los fondos de pensiones impactará en las utilidades de las AFP pero no se expone a pérdidas patrimoniales de las mismas”, subrayó el legislador.

Durante el debate el congresista Rolando Campos Villalobos (AP) advirtió que el dictaminen presentado por la comisión “sigue protegiendo a las AFP y perjudicando a los 7 millones 500 mil afiliados”. El legislador planteó que se incluya que “las pérdidas del fondo deben ser asumido el 40 % por los afiliados y el 60 % por la AFP y además estas últimas no cobrarán comisiones mientras la rentabilidad sea negativa”, propuso.

Al respecto el congresista Luna Morales dijo que de aplicarse esa propuesta “estaríamos afectando el patrimonio de las AFP y estaríamos regulando a una empresa privada lo cual daría vicios de incosntitucionalidad”.

TRANSPARENCIA EN LAS IPRESS

Posteriormente, por unanimidad, con 6 votos a favor fue aprobado el dictamen del Proyecto de Ley 5490/2020-CR, que propone mediante un texto sustitutorio la ley que garantiza la transparencia de las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS), privadas, públicas y mixtas respecto de los productos, servicios y dispositivos médicos que ofrecen.

Al respecto, el congresista Jose Luis Ancalle (FA) dijo que “va ser importante que la población sepa cuánto le van a cobrar por un servicio y no sean sorprendidos por las clínicas que como ya sabemos hacen cobros exorbitantes de más de 4 mil soles al día por el uso de camas UCI”.

CONSUMO DE SERVICIO EDUCATIVO PRIVADO

En la sesión también fue debatido el predictamen de los proyectos de ley 5230/2020-CR, 5514/2020-CR y 5743/2020-CR, que mediante un texto sustitutorio propone la ley que regula la relación de consumo del servicio educativo privado escolar en situación de emergencia, catástrofe o de grave circunstancia.

Al exponer la problemática, Luna Morales dijo que la mayoría de colegios no ha reducido el monto de sus pensiones y algunos solo imparten tres horas cuando sus jornadas diarias son de más de 5 horas. “Con ello no están cumpliendo con brindar el servicio adecuado, toda vez que los padres suscribieron un contrato de servicio presencial que fue cambiado por un servicio virtual”.

Al respecto, Carlos Mesía Ramírez (FP) uno de los autores, dijo que la propuesta se aplicaría bajo estados de emergencia para regular los cambios y modificaciones que pueda sufrir la modalidad de enseñanza, ya sea presencial o no presencial, los costos del servicio que incluye el uso de la infraestructura, depreciación de bienes inmuebles, los materiales de enseñanza actividades extracurriculares, alimentación, compra de uniformes, entre otros conceptos que no se encuentre estrictamente vinculados a la modalidad del servicio que se brinda producto del estado de emergencia.

El referido dictamen quedó en suspenso en tanto se acogen las propuestas de los legisladores para mejorar el texto.

TARIFAS ELÉCTRICAS

En la sesión fue analizado ampliamente el proyecto de ley PL 5108/2020-CR que propone modificar el artículo 79 de la Ley de Concesiones Eléctricas que fija en 12 % la Tasa de Actualización utilizada en procesos de fijación de las tarifas eléctricas presentado por la congresista Carmen Omonte (APP) cuya finalidad es garantizar tarifas justas para los usuarios y consumidores de energía eléctrica,

Para presentar sus opiniones y aportes sobre la propuesta normativa participaron los representantes del organismo regulador Osinergmin, del Ministerio de Energía y Minas (MEM), de la Sociedad Nacional de Minería Petróleo y Energía (SNMPE) y de la Asociación Proconsumidores del Perú.

Mediante la iniciativa legislativa se propone modificar el artículo 79 para precisar que la tasa de actualización a utilizar sea de 10 % de la renta anual, la misma que solo podrá ser modificada por el MEM previo estudio que encargue el Osinergmin a consultores especializados, en el que se determine que la tasa fijada es diferente a la tasa de riesgo más el premio por riesgo en el país. Este estudio deberá realizarse al menos cada 4 años.

En cualquier caso, la nueva tasa de actualización fijada por el Ministerio de Energía y Minas, no podrá deferir en más de dos puntos porcentuales de la tasa vigente.

“La propuesta responde a la falta de acción del Estado a una norma que debió cambiarse hace tiempo. Siempre he sido promotora de las inversiones y la propuesta en ningún momento pretende atentar contra las inversiones, ni la promoción de desarrollo tecnológico”. ¿Quién podría oponerse a eso?, preguntó la congresista Omonte Durand al tiempo de subrayar que “esta propuesta no hubiera sido planteada si el Ministerio de Energía y Minas y Osinergmin hubieran cumplido su papel”, concluyó.

 

Lima, 27 de julio de 2020

PRENSA-CONGRESO

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