Norma aprobada por el Congreso modifica el Código Penal y el Código de Ejecución Penal

Ley 32372 facilita expulsión de extranjeros y fortalece la seguridad ciudadana

Centro de Noticias del Congreso

31 Oct 2025 | 14:28 h

En la búsqueda del orden y la paz interna de nuestro país, el Estado cuenta desde el 17 de junio del presente año con un nuevo instrumento legal que facilita la expulsión de extranjeros y fortalece la seguridad ciudadana: la Ley 32372.

La fórmula legal, aprobada por el Congreso de la República durante su sesión plenaria del 14 de mayo, sistematiza y concatena una modificatoria del Código Penal, de tal manera que la articula con la norma administrativa que regula la política migratoria.

Para ello modifica los artículos 30, 30-A, 52 y 52-A del Código Penal, Decreto Legislativo 635, para tipificar como delito la conducta de resistencia o desobediencia a la autoridad de aquel extranjero que hace caso omiso a la medida de expulsión dictada por la autoridad de migraciones.

Permite la expulsión del país de extranjeros durante la ejecución de la condena de pena privativa de la libertad, mediante el agregado de disposiciones sobre dicha expulsión; y además, establece la conversión de la pena por expulsión en delitos que no superan los cuatro años de pena privativa de la libertad.

De igual modo, modifica el artículo 118 del Código de Ejecución Penal, Decreto Legislativo 654, en donde se establece que la expulsión del país se ejecutará una vez cumplida la pena privativa de libertad, por concesión de un beneficio penitenciario o por conversión de la pena privativa de libertad.

La expulsión imposibilita el retorno al territorio nacional por un tiempo igual a la duración de la pena máxima del delito cometido; el archivo de cualquier otro procedimiento administrativo con el mismo propósito; y la reparación civil se obtiene de sus bienes mediante el decomiso o la extinción de dominio sobre los bienes del agente.

La reparación civil no prescribe.

DATOS

Según los proyectos de ley que congregan el dictamen elaborado por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, el mantenimiento anual de presos extranjeros en el Perú está cargo del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), organismo público adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Se señala que cada interno representa para el Estado peruano un aproximado de 10 mil soles por año sólo en su alimentación.

Además, hace énfasis que la migración a nuestro país, en este último quinquenio ha sido masivo y nunca vista en América Latina. Según los reportes de la Superintendencia Nacional de Migraciones, los ciudadanos venezolanos migrantes representan el grupo con el mayor número de extranjeros en el Perú, alcanzando la cifra superior a 1,057,251 personas, el cual se ha venido incrementando aún más desde el 2018, año en el que se registró el ingreso de cerca de medio millón de venezolanos y venezolanas.

Así mismo, el Observatorio Nacional de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señala que, de la cantidad de la población procesada y sentenciada, la población penitenciaria de nacionalidad venezolana para fines del año 2021 fue de 1561 personas.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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