Campaña “Leyes contra el crimen”

Ley 32257 impulsa uso de grilletes electrónicos para reducir el hacinamiento penitenciario en el país

Centro de Noticias del Congreso

05 Nov 2025 | 9:40 h

Con el objetivo de enfrentar el grave problema del hacinamiento penitenciario y mejorar las condiciones del sistema carcelario, el Congreso de la Republica promovió la Ley 32257, Ley que declara de interés nacional el uso de grilletes electrónicos como medio alternativo a la privación de la libertad.

La norma, aprobada en segunda votación por el Pleno del Congreso el 19 de febrero de 2025 y publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 14 de marzo de 2025, representa un paso firme en la reforma penitenciaria nacional.

La medida prioriza la aplicación de grilletes electrónicos para personas condenadas por delitos menores que no representen peligro para la sociedad.

Su finalidad es descongestionar los establecimientos penitenciarios, reservando los espacios carcelarios para quienes hayan cometido delitos graves.

Con ello, se busca garantizar un sistema penitenciario más humano, seguro y eficiente, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N.º 05436-2014-PHC/TC, que exhorta al Estado a adoptar medidas proporcionales y diferenciadas en la ejecución de penas.

UNA RESPUESTA AL HACINAMIENTO CARCELARIO

El Perú enfrenta una situación crítica en materia penitenciaria. De acuerdo con el portal World Prison Brief, el país ocupa el puesto 19 a nivel mundial en sobrepoblación penitenciaria, con 98,127 internos frente a una capacidad real para 41,556, lo que refleja un nivel de ocupación del 236.1 %.

En Sudamérica, el Perú se ubica en la segunda peor posición, después de Bolivia. En el país de los 68 establecimientos penitenciarios, 49 presentan hacinamiento crítico, y en algunos casos la sobrepoblación supera el 200%, 300% o incluso el 500% de su capacidad.

IMPLEMENTACIÓN Y DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

La Ley 32257 dispone que los ministerios de Justicia y Derechos Humanos, del Interior y de Economía y Finanzas, en coordinación con el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú, prioricen las acciones necesarias para la observancia y aplicación del uso de grilletes electrónicos, conforme a sus competencias.

Asimismo, establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), deberá, en un plazo no mayor de 180 días, aprobar el Código de Conducta del Servidor Penitenciario y desarrollar programas de capacitación y difusión relacionados con la implementación de esta política.

IMPACTO Y ALCANCE DE LA NORMA

El fundamento jurídico de esta ley se sustenta en la posición del Tribunal Constitucional, que ha señalado que no es coherente que personas sentenciadas por delitos menores sean privadas de su libertad en las mismas condiciones que aquellas condenadas por delitos graves.

Por ello, el Congreso de la República impulsa con esta norma una política penitenciaria moderna y proporcional, que garantice el cumplimiento de las penas con enfoque de derechos humanos y de reinserción social.

COMPROMISO DEL CONGRESO CON LA REFORMA PENITENCIARIA

La Ley 32257 constituye un avance histórico en la política penitenciaria nacional, al promover alternativas a la prisión que favorecen la seguridad ciudadana y la eficiencia del sistema de justicia.

De esta manera, el Parlamento nacional demuestra su voluntad de legislar a favor de una justicia más humana, moderna y efectiva, en beneficio de toda la sociedad peruana.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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