JUBILADOS PODRÍAN TRABAJAR PARA EL ESTADO SIN RENUNCIAR A PENSIÓN

Centro de Noticias del Congreso

19 Abr 2016 | 19:34 h

 

La Comisión de Descentralización aprobó, por mayoría, un proyecto de ley que elimina la incompatibilidad de la percepción simultánea de remuneración y pensión por servicios prestados al Estado, al modificar el artículo 7 del DL 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, así como el artículo 3 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público.

La propuesta legislativa plantea alinear lo dispuesto por el artículo 7° del DL 276 con lo establecido por el artículo 40° de la Constitución del Estado y en tal sentido elimina la incompatibilidad de la percepción simultánea de remuneración y pensión por servicios prestados al Estado.

El texto vigente del artículo 7° prohíbe a los servidores del Estado en actividad percibir doble remuneración: “Es incompatible asimismo, la percepción simultánea de remuneraciones y pensión por servicios prestados al Estado”. El nuevo texto excluye a los pensionistas de esa prohibición. 

La propuesta planteada por la comisión señala que “ningún servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, inclusive en las empresas de propiedad directa o indirecta del Estado o de economía mixta. La única excepción está constituida por la función docente”. Queda eliminado el párrafo que declaraba incompatible la percepción incompatible de remuneraciones y pensión.

El parlamentario Alberto Beingolea (PPC-APP), autor del proyecto, señaló que con el proyecto se reconoce un derecho adquirido por el jubilado. “Es un derecho ganado durante muchos años de servicios al Estado, y no es posible que cuando quiera laborar en la administración pública, tenga que renunciar a su pensión, porque estas se encuentran debidamente presupuestadas a cargo de los respectivos pliegos presupuestales”, expresó.

DISTRITO DE HUAYCÁN 
De otro lado, la Comisión de Descentralización aprobó, por unanimidad¸ el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, que propone la creación del distrito de Huaycán en la provincia y departamento de Lima. 

Ante la propuesta del Poder Ejecutivo, la comisión acordó incluir una recomendación en la que se señala que el dictamen aprobado no se debate ante el Pleno del Congreso hasta que la Presidencia del Consejo de Ministros resuelva los pedidos de las zonas de Pariachi y Horacio Zevallos, además de la opinión de todas las autoridades competentes.

De crearse la nueva jurisdicción municipal de Huaycán, ésta tendría una superficie de 27,40 km2, un 34% del distrito de Ate. Asimismo, contaría con una población de alrededor de 160 mil habitantes, un 25% de la población de Ate.

De igual manera, su limites estarían conformados por el norte con los distritos de San Juan de Lurigancho y Chaclacayo. Por el este, limitaría con el distrito de Chaclacayo. Por el sureste, con el distrito de Cieneguilla, y por el suroeste limitaría con los distritos de Cieneguilla y Ate.

INSISTENCIA 
Por otro lado, la comisión aprobó, por mayoría, la insistencia del proyecto de ley que propone otorgar reconocimiento legal a la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, dentro de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

GOBERNADOR PIURA
Previamente, el gobernador regional de Piura, Reynaldo Hilbck Guzmán, se presentó ante dicho grupo de trabajo para explicar las razones o fundamentos técnicos por lo que solicita modificar el inciso c) del artículo 2° de la Ley 27763, Ley complementaria de la legislación del canon y sobrecanon para petróleo y gas de Piura y Tumbes.

Asimismo, se presentó el alcalde de la municipalidad distrital de Bellavista – Sechura, Segundo Aguilar Seminario, quien explicó sobre las medidas adoptadas por su jurisdicción respecto a la limpieza del dren denominado “Boquerón de Núñez” y sobre las acciones adoptadas a fin de rehabilitar las calles de Cajamarca y Moquegua ubicado en el distrito de Bellavista, provincia de Sullana, departamento de Piura. 

PRENSA-CONGRESO (Jarvi)

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La propuesta legislativa plantea alinear lo dispuesto por el artículo 7° del DL 276 con lo establecido por el artículo 40° de la Constitución del Estado y en tal sentido elimina la incompatibilidad de la percepción simultánea de remuneración y pensión por servicios prestados al Estado.

El texto vigente del artículo 7° prohíbe a los servidores del Estado en actividad percibir doble remuneración: “Es incompatible asimismo, la percepción simultánea de remuneraciones y pensión por servicios prestados al Estado”. El nuevo texto excluye a los pensionistas de esa prohibición. 

La propuesta planteada por la comisión señala que “ningún servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, inclusive en las empresas de propiedad directa o indirecta del Estado o de economía mixta. La única excepción está constituida por la función docente”. Queda eliminado el párrafo que declaraba incompatible la percepción incompatible de remuneraciones y pensión.

El parlamentario Alberto Beingolea (PPC-APP), autor del proyecto, señaló que con el proyecto se reconoce un derecho adquirido por el jubilado. “Es un derecho ganado durante muchos años de servicios al Estado, y no es posible que cuando quiera laborar en la administración pública, tenga que renunciar a su pensión, porque estas se encuentran debidamente presupuestadas a cargo de los respectivos pliegos presupuestales”, expresó.

DISTRITO DE HUAYCÁN 
De otro lado, la Comisión de Descentralización aprobó, por unanimidad¸ el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, que propone la creación del distrito de Huaycán en la provincia y departamento de Lima. 

Ante la propuesta del Poder Ejecutivo, la comisión acordó incluir una recomendación en la que se señala que el dictamen aprobado no se debate ante el Pleno del Congreso hasta que la Presidencia del Consejo de Ministros resuelva los pedidos de las zonas de Pariachi y Horacio Zevallos, además de la opinión de todas las autoridades competentes.

De crearse la nueva jurisdicción municipal de Huaycán, ésta tendría una superficie de 27,40 km2, un 34% del distrito de Ate. Asimismo, contaría con una población de alrededor de 160 mil habitantes, un 25% de la población de Ate.

De igual manera, su limites estarían conformados por el norte con los distritos de San Juan de Lurigancho y Chaclacayo. Por el este, limitaría con el distrito de Chaclacayo. Por el sureste, con el distrito de Cieneguilla, y por el suroeste limitaría con los distritos de Cieneguilla y Ate.

INSISTENCIA 
Por otro lado, la comisión aprobó, por mayoría, la insistencia del proyecto de ley que propone otorgar reconocimiento legal a la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, dentro de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

GOBERNADOR PIURA
Previamente, el gobernador regional de Piura, Reynaldo Hilbck Guzmán, se presentó ante dicho grupo de trabajo para explicar las razones o fundamentos técnicos por lo que solicita modificar el inciso c) del artículo 2° de la Ley 27763, Ley complementaria de la legislación del canon y sobrecanon para petróleo y gas de Piura y Tumbes.

Asimismo, se presentó el alcalde de la municipalidad distrital de Bellavista – Sechura, Segundo Aguilar Seminario, quien explicó sobre las medidas adoptadas por su jurisdicción respecto a la limpieza del dren denominado “Boquerón de Núñez” y sobre las acciones adoptadas a fin de rehabilitar las calles de Cajamarca y Moquegua ubicado en el distrito de Bellavista, provincia de Sullana, departamento de Piura. 

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