Incorporan excepcionalmente a extranjeros no residentes en el SIS para tratamiento de tuberculosis y VIH

Centro de Noticias del Congreso

17 Oct 2024 | 17:27 h

Con el fin de incorporar, de manera excepcional y temporal, a extranjeros no residentes con diagnóstico de tuberculosis (TB) o de virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) en la cobertura del Servicio Integral de Salud (SIS), el Pleno del Congreso aprobó el dictamen que propone la ley que modifica el Decreto Legislativo 1164, el mismo que establece disposiciones para extender la cobertura poblacional del referido programa asistencial.

La iniciativa legislativa se sustenta en los proyectos de ley 5253/2022-CR, 5554/2022 CR y 7260/2023-CR. Obtuvo en primera votación 79 votos a favor, 3 votos en contra y 9 abstenciones. Inmediatamente fue exonerada de segunda votación.

La titular de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, Lady Camones Soriano (APP), señaló que “una de las principales restricciones para la afiliación al SIS es el requisito de carné de extranjería para la verificación de la identidad y la condición de residencia en el país de las personas extranjeras aquejadas por estos problemas de salud”.

“Esta situación, dificulta la gestión integral de los casos de TB y VIH, poniendo en riesgo de transmisión a otras personas, independientemente de su nacionalidad u otra variable demográfica o social”, añadió.

“En los últimos años, la migración extranjera hacia el Perú se ha incrementado sostenidamente, por lo que resulta oportuna que la cobertura del régimen de financiamiento subsidiado del SIS a personas extranjeras con diagnóstico de TB o VIH puedan ser afiliados bajo el régimen subsidiado”.

“Para tener una idea de la magnitud del impacto presupuestal de la implementación de la medida, se calcula que la extensión de la cobertura a las personas refugiadas y migrantes con diagnóstico de TBC y VIH para el año fiscal 2024 solo representaría el 0.63% y, en relación al presupuesto del SIS para el mismo año, constituiría el 0.19%”, detalló.

Al respecto, la Comisión de Salud y Población, que preside el congresista Luis Picón Quedo (APP), presentó un dictamen aprobado por unanimidad, con una fórmula sustitutoria, respecto de los proyectos de ley 5253/2022-CR y 5554/2022-CR, publicada en el Portal del Congreso el 23 de enero de 2024.

Intervinieron en el debate los parlamentarios Susel Paredes Piqué (BDP), Elías Varas Meléndez (JP-VP), Mery Infantes Castañeda (FP), Juan Burgos Oliveros (PP), Alex Flores Ramírez (BS) y Elizabeth Medina Hermosilla (BMCN).

LA NORMA
En su artículo único, la fórmula legal incorpora la disposición complementaria transitoria tercera al Decreto Legislativo 1164, que establece disposiciones para la extensión de la cobertura poblacional del Seguro Integral de Salud en materia de afiliación al régimen de financiamiento subsidiado.

Dicha disposición autoriza al Pliego 135, esto es, el SIS a “afiliar de manera excepcional y temporal al régimen subsidiado a las personas extranjeras no residentes que se encuentren en el territorio nacional y que no cuenten con seguro de salud, siempre que tengan diagnóstico de tuberculosis (TB) o virus de inmunodeficiencia humana (VIH), hasta la obtención del carné de extranjería”.

Para la aplicación de lo establecido en el primer párrafo de la presente disposición, el SIS “considerará como documento de identificación la cédula de identidad, permiso temporal de permanencia, carné de permiso temporal, pasaporte, carné de solicitante de refugio o autorización de trabajo para solicitantes de la condición de refugiado, o en defecto de estos, declaración jurada de identidad”.

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