Representación nacional aprobó dictamen

Incorporan en Código Penal tipificar delito de exposición al peligro por arrojo de residuos sólidos en cauces naturales

Centro de Noticias del Congreso

19 Nov 2025 | 18:52 h

La representación nacional aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 6186/2023CR, que, con texto sustitutorio, propone modificar el Artículo 125 del Código Penal, Decreto Legislativo 635, para tipificar el delito de exposición de personas al peligro por arrojo de residuos sólidos en cauces naturales.

La propuesta incorpora el artículo 125-A en el Código Penal, Decreto Legislativo 635, la figura del 125-A.1, donde se detalla que,“el que expone a otras personas a peligro de muerte o de grave e inminente daño a la salud, arrojando residuos sólidos en el cauce, lecho, ribera o faja marginal de un río o quebrada será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años”.

Añade, en el artículo 125-A-2, que “la pena será no menor de cuatro ni mayor de seis años, si el agente utiliza camiones u otro tipo de maquinaria pesada para arrojar los residuos sólidos, o si, como consecuencia de la conducta, se causa daño a obras de infraestructura pública”.

El presidente Flavio Cruz Mamani ( bancada PL) sustentó la iniciativa e indicó que el arrojo indiscriminado de basura, desperdicios y desmontes está generando un altísimo riesgo para la salud de miles de familias.

“Los informes de la Autoridad Nacional del Agua y la Municipalidad Metropolitana son contundes y han constado que en los ríos Chillón y Rímac y Lurín, el cauce natural se ha reducido en 150 metros y poniendo en riesgo a la población por efectos de desbordes producido por huaicos o lluvias”, indicó.

Por su parte, el congresista Alejandro Cavero Alva (bancada AvP) sostuvo que este arrojamiento de basura y otros desperdicios “es un gravísimo atentado contra la vida de las personas. Esto tiene que ser tipificado como delito”.

La propuesta fue aprobada en primera votación con 100 votos a favor, cero en contra y una abstención y exonerada de la segunda votación.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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