Según dictamen aprobado por la Comisión de Defensa Nacional
FAME S.A.C. podrá importar y exportar armas y municiones de uso militar y civil

Centro de Noticias del Congreso
14 Oct 2022 | 11:27 h

La Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, aprobó, por unanimidad, el dictamen recaído en los Proyectos de Ley N.° 1886/2021-CR, Ley que modifica e incorpora literales a la Ley N.° 29314, Ley de la Fábrica de Armas y Municiones del Ejército – FAME S.A.C.
Fue en su primera sesión descentralizada realizada este viernes 14 en el auditorio Javier Pérez de Cuéllar de la Municipalidad Provincial de Tumbes, que fue conducida por el presidente de ese grupo de trabajo, Diego Bazán Calderón (Avanza País).
La propuesta legal incorpora un párrafo en el artículo 3 de la citada norma, respecto a su autonomía, para disponer que “FAME S.A.C. podrá importar y exportar sistemas de armas y municiones de uso militar y policial, armas y municiones de uso civil, explosivos, equipamiento y vehículos de uso militar y policial, y artículos conexos”.
Sobre este punto, la exposición de motivos de esa propuesta legal señala que “es importante que FAME S.A.C. se relacione con otras industrias armamentistas, que le brinden experiencias nuevas sobre los avances que se vienen obteniendo en este rubro comercial, lo cual le permitirá ampliar sus capacidades de producción, que finalmente beneficiará al Sistema de Seguridad y Defensa Nacional; y, por ende, a la población en general que, es el fin supremo de la sociedad y del Estado, según nuestra Carta Magna”.
También se modifica el artículo 2 sobre el objeto social de FAME S.A.C. en los siguientes términos:
a). Efectuar la comercialización, desarrollo, fabricación, ensamblaje, modificación, modernización, mantenimiento de sistemas de armas y municiones de guerra, así como de explosivos, equipamiento, vehículos de uso militar y policial; la investigación y desarrollo tecnológico; y actividades conexas para abastecer a las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú u otros organismos del Estado, de acuerdo a los objetivos aprobados por el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior”.
Además, se incorpora el inciso g) para precisar que “realiza el servicio de almacenamiento de bienes, de actividades de campo y de ensayos balísticos y actividades de campo y de ensayos balísticos y actividades de la industria química militar”.
MINISTRO DEL INTERIOR
El presidente de la comisión, Diego Bazán, informó que este lunes 17, a las 14:00 horas, se presentará el ministro del Interior, Willy Huerta Olivos, para informar el vencimiento del estado de emergencia contenido en los Decreto Supremos 87-2022-PCM, 088-2022-PCM y 089-2022- PCM; sin ser prorrogados.
Además, el problema presentado por la presencia de extranjeros dedicados a actividades delictivas en las zonas del Putumayo y de la frontera con Colombia, amenazando la seguridad nacional, como consecuencia de la no prórroga del estado de emergencia, entre otros temas.
Previamente, el grupo de trabajo escuchó a el congresista Víctor Flores Ruiz (FP), quien expuso su Proyecto de Ley N° 1512/2021-CR, Ley que propone fortalecer el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
Hizo lo propio el congresista Américo Gonza Castillo (PL),quien sustentó su Proyecto de Ley N.° 2361-CR, Ley que modifica los artículos 7° y 10°, y agrega los artículos 24° y 25° a la ley N.° 31297 para establecer el uso obligatorio de armas no letales en el servicio de serenazgo municipal.
OFICINA DE COMUNICACIONES