En cuarto intermedio propuesta para atender deuda social de docentes

Centro de Noticias del Congreso

31 May 2021 | 13:01 h

El Pleno del Congreso dejó en cuarto intermedio el dictamen que busca atender la deuda social que tiene el Estado con los docentes del país.

La decisión se adoptó a pedido del presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, congresista Luis Dioses Guzmán (SP), quien dijo que presentaría un texto sustitutorio a fin de recoger los aportes surgidos en el debate.

La iniciativa legislativa que propone la ley que dispone el pago de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, bonificación adicional por desempeño del cargo y por preparación de documentos de gestión, sin la exigencia de sentencia judicial y menos en calidad de cosa juzgada

Su artículo único sobre el pago de la bonificación señala que “los docentes activos y/o cesantes beneficiarios de las bonificaciones dispuestas en el artículo 48 de la Ley 24029, Ley del Profesorado, modificado por la Ley 25212, reciben el pago de dicho beneficio sobre la base de la remuneración total, no requiriéndose de sentencia judicial y menos calidad de cosa juzgada para hacerse efectivo”.

Señala además que “los procesos en curso iniciados por los beneficiarios para el pago de esta bonificación no son impedimentos para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo precedente; para tal efecto y bajo responsabilidad, la administración debe desistirse”.

De igual forma, se dicta que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) establece las previsiones presupuestales a fin de atender lo dispuesto en la presente ley.

Una disposición complementaria establece que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación de acuerdo con sus funciones, competencias y atribuciones, crea una comisión especial encargada de evaluar, cuantificar y proponer recomendaciones para el pago efectivo de la deuda social magisterial

La comisión especial se instalará en un plazo de cinco días hábiles contados a partir de publicada la presente ley.

Previamente, el congresista Luis Dioses Guzmán (SP), presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, indicó que, de aprobarse esta propuesta, no se contraviene ninguna norma con rango legal de nuestro ordenamiento jurídico y se enmarca en los preceptos constitucionales que consagran los principios de igualdad, de progresividad y no regresividad de los derechos laborables, contemplado en la Constitución Política del Perú.

Agregó que se formuló tomando en consideración la jurisprudencia existente tanto en el Tribunal Constitucional, Poder Judicial (PJ) y Servir.

“La presente propuesta tampoco irroga gasto adicional en el presupuesto del sector público, toda vez que en la undécima disposición complementaria final de la Ley 30879, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2021, se aprobó la suma de 200 millones de soles para el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada para el sector educación, situación que no se ha venido cumpliendo”, aseveró el legislador.

Dioses manifestó que se advierte que tanto en el PJ como en la sede administrativa se ha reconocido oficialmente la deuda que tiene el Estado con los profesores beneficiarios del artículo 48 de la Ley 24029 Ley del Profesorado, que coadyuva a reducir el monto de los intereses devengados y de las penalidades impuestas y reduce además la carga procesal en el PJ y la Procuraduría Publica del Ministerio de Educación.

“El beneficio será significativo para mejorar las condiciones personales del docente que brindó sus servicios durante el tiempo que estuvo vigente la Ley 24029, Ley del Profesorado”, refirió Dioses Guzmán.

 

Lima, 31 DE MAYO DE 2021

PRENSA-CONGRESO

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