DELEGAN FACULTADES DE LEGISLAR A COMISIÓN PERMANENTE

Centro de Noticias del Congreso

05 Dic 2018 | 11:50 h

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El Pleno del Congreso aprobó, con 75 votos, la resolución legislativa que delega en la Comisión Permanente la facultad de legislar a partir del día siguiente del término de la presente legislatura (15 de diciembre) hasta el 28 de febrero del próximo año.

Ello en cumplimiento a lo que señala el artículo 101 de la Constitución Política del Perú

Según la norma, la Comisión Permanente se abocará a los siguientes asuntos:

1.- Los dictámenes y  los proyectos de ley o de resolución legislativa que se encuentran en el orden del día y otros que se incluyan por acuerdo de la Junta de Portavoces,

2.- Las proposiciones que remita el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia.

Así mismo, se establece las limitaciones de la Comisión Permanente, según el segundo párrafo del inciso 4 del artículo 101 de la CPP, que señala: “No pueden delegarse a la Comisión Permanente materias relativas a reforma constitucional, ni a la aprobación de tratados internacionales, leyes orgánicas, Ley de Presupuesto y Ley de la Cuenta General de la República”.

PRENSA CONGRESO

 

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