Norma busca optimizar la participación del Estado en los procesos arbitrales

Aprueban informe sobre Decreto de Urgencia que norma el arbitraje

Centro de Noticias del Congreso

13 Feb 2020 | 18:20 h

Congresista Torres explicó alcances del Decreto de Urgencia 020-2020.

Con 14 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, la Comisión Permanente aprobó, por mayoría, el informe final que concluye que el Decreto de Urgencia 020-2020, que modifica el Decreto Legislativo 1071, que norma el arbitraje, cumple con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 135 de la Constitución Política del Perú.

El Decreto de Urgencia tiene por objeto modificar el Decreto Legislativo N° 1071, que norma el arbitraje, a fin de impulsar las políticas públicas nacionales y sectoriales dirigidas a definir y optimizar la participación del Estado en los procesos arbitrales.

También se plantea elevar este informe a la Comisión Permanente para que continúe el procedimiento, de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 135 de la Constitución Política del Perú.

De otro lado, recomienda al Congreso de la República que se instalará próximamente al concluir el presente interregno parlamentario, que regule en el Reglamento del Congreso los alcances de los Decretos de Urgencia establecidos en el segundo párrafo del artículo 135 de la Constitución Política del Perú.

DECRETO 031-2019

De igual manera, fue aprobado por mayoría el informe de evaluación del Decreto de Urgencia 031-2019, que modifica el Decreto Legislativo 1275, que aprueba el marco de la responsabilidad y transparencia fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y dicta otras disposiciones.

El informe final de dicho decreto concluye que sería compatible con la norma constitucional, con los límites de la facultad legislativa extraordinaria del Poder Ejecutivo y, por tanto, no afectaría el principio de separación y equilibrio de poderes.

“Existe preocupación sobre el alcance de la única disposición complementaria final del decreto de urgencia examinado, porque mediante las normas complementarias que emitan, tanto la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal y como la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, se podría desnaturalizar su finalidad y contenido. Para prevenirlo será necesario activar los mecanismos institucionales de control del Congreso de la República que se instale como resultado de la elección del 26 de enero de 2020”, dijo Marco Arana, coordinador del grupo de trabajo.

También propone que la Contraloría General de la República, bajo sus mecanismos o procedimientos de control, debería supervisar que el pago derivado de las sentencias judiciales en materia laboral, correspondientes al magisterio y personal del sector salud, se cumpla en estricto orden y tiempo, sin perjudicar a los demandantes con el retraso de dichos pagos.

PRENSA-CONGRESO 12-02-20
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