Comisión de Constitución y Reglamento aprueba dictamen que propone ley que garantiza la libertad religiosa
Debaten propuestas sobre suspensión del cargo de presidente e idoneidad de candidatos a cargos públicos

Centro de Noticias del Congreso
11 Oct 2022 | 14:53 h

Los integrantes de la Comisión de Constitución y Reglamento continuaron hoy con el debate del proyecto de resolución legislativa que regula el procedimiento de suspensión del ejercicio de la Presidencia de la República por las causales previstas en el artículo 114 de nuestra Carta Magna.
Se precisó que el dispositivo en mención es el Proyecto de Resolución Legislativa del Congreso 2694, que incorpora el inciso g) en el artículo 68 y el artículo 89-B en el Reglamento del Congreso para, precisamente, regular el procedimiento planteado.
Para ello, se invitó al constitucionalista y decano de la facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres, Ernesto Álvarez Miranda, quien se refirió a aspectos puntuales de la propuesta.
Dijo que “debe ser evaluado como un instrumento de control político”, puesto que el primer inciso, que propone la suspensión del presidente por la incapacidad moral temporal, debe dilucidarse “cómo se ha tratado ese concepto”.
La incapacidad moral permanente, detalló, es una causal por la cual el mandatario del pueblo peruano “pueda haberse involucrado, en forma directa, en hechos delictivos sumamente graves (…) y haga insoportable la permanencia de esta persona en el cargo”.
Citó ejemplo de delitos, como el tráfico de terrenos, que no constituyen hechos graves, y pueden esperar hacia el final de su mandato, pero en el caso típico de un video en el que se observe “al presidente recibiendo un maletín lleno de dinero de un narcotraficante” no es así.
“Por eso es necesario suspender al presidente de acuerdo con el primer inciso del artículo 114 de la Constitución para que el Ministerio Público investigue”, consideró.
Durante el debate posterior, el titular del grupo de trabajo, Hernando Guerra García, planteó una consulta del congresista José Elías Ávalos (PP), sobre el plazo de suspensión: si es hasta que concluya el proceso, y si se extiende mucho qué pasaría.
La respuesta de Álvarez Miranda se sostuvo en que se trata de “instrumentos básicamente políticos, para salvar lo insoportablemente grave”.
“No se requiere esperar hasta la culminación de un proceso judicial, que puede durar muchos años”, continuó. “Lo que se requiere es encontrar mediante la Fiscalía de la Nación si el presidente de la República es directamente responsable de los hechos delictivos o no. Ese procedimiento puede durar un mes o dos meses”.
En el debate intervinieron con opiniones y consultas los congresistas Gladys Echaíz (RP), Alejandro Aguinaga Recuenco (FP), Luis Aragón Carreño (AP), Alejandro Cavero Alva (Avanza País) y José Balcázar Zelada (PB).
MODIFICA LEY DE LIBERTAD RELIGIOSA
La Comisión de Constitución y Reglamento aprobó, por mayoría, el dictamen que propone modificar la ley de libertad religiosa, con el fin de garantizar la libertad religiosa de los funcionarios y servidores públicos.
La fórmula legal del Proyecto de Ley 2541/2021, de autoría del parlamentario Alejandro Muñante Barrios (RP), obtuvo 15 votos a favor, cero votos en contra y dos abstenciones.
Guerra García detalló que el dictamen incorpora el artículo 9-A en la mencionada ley para que los “funcionarios y servidores públicos, independientemente del régimen laboral o la modalidad de contratación bajo la cual prestan sus servicios, pueden solicitar a la institución en la que laboran, asistencia religiosa del culto que profesan, a través de los ministros de culto o agentes pastorales, propuestos por las entidades religiosas”.
Para facilitar esta necesidad, dijo, se modifica el artículo 15 de la referida ley para establecer convenios de colaboración, los mismos que “no crean vínculos laborales, son gratuitos y no generan para su ejecución gasto público”.
IDONEIDAD DE CANDIDATOS A CARGOS PÚBLICOS
En otro momento, la comisión debatió el predictamen recaído en los Proyectos de Ley 672/2021, 682/2021-PE, 691/2021-, 916/2021, 1374/2021, 2726/2021 y 2922/2021, Ley que garantiza la idoneidad en el acceso a cargos de elección popular.
Hernando Guerra García Campos sustentó el dictamen desde la presentación de las propuestas legislativas hasta la emisión del dictamen que garantiza la idoneidad para el ejercicio de la función pública mediante la modificación de diversos artículos de las leyes 26859, Ley Orgánica de Elecciones; 27683, Ley de Elecciones Regionales; y Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales.
Estas modificaciones, expuso Guerra García, plantean que no pueden postular a la Presidencia o Vicepresidencia de la República, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Regidores, aquellas personas “sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito dolosos”.
Los delitos que incorpora la iniciativa son “los tipos penales referidos al terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado o corrupción de funcionarios, homicidio en sus diversas modalidades, trata de personas, secuestro y delitos contra la humanidad; el impedimento resulta aplicable aun cuando hubieran sido rehabilitadas”.
Inició el debate el legislador Carlos Anderson Ramírez (NoA), quien señaló su beneplácito frente al texto sustitutorio que, de una manera inteligente, expande el impedimento para acceder a diversos cargos de elección popular. “Todo esto en beneficio del Estado”, ya que “el derecho a ser elegido y elegir no es irrestricto.
Inmediatamente, Alejandro Cavero Alva (Avanza País) sostuvo que la democracia necesita establecer estos impedimentos; sin embargo, planteó una duda: qué ocurriría si es que alguien es condenado en primera instancia, cumple condena, y luego, en segunda instancia, esta sentencia es revocada. Y concluyó que, quizá, “sea mejor esperar a la doble instancia”.
Por su parte, José Balcázar Zelada (PB) manifestó que “un sistema democrático se enriquece cuando reconoce in extenso a las personas que se rehabiliten, sería una ley inconstitucional. La prohibición para presentarse a cargos debería ser cuando se tienen sentencias condenatorias, firmes.
Seguidamente Patricia Chirinos Venegas (Avanza País), autora de uno de los proyectos que sustentan el dictamen, indicó que lo que “se busca es el bienestar general de la Nación, porque los principales beneficiados serán los ciudadanos”.
A su turno Gladys Echaíz de Núñez Izaga (RP) señaló que la norma va más allá de la rehabilitación y “una persona rehabilitada” recupera todos sus derechos.
“Entiendo que el fundamento es defender el Estado de derecho en base a algunos comportamientos. Y llama la atención que no se incluya delitos como organización criminal, lavado de activos, tráfico de armas, trata de personas, que están en acuerdos internacionales que hemos firmado”, explicó la legisladora.
Además de ello, Flor Pablo Medina (ID) coincidió con la posición de Echaíz de Núñez Izaga y solicitó que se agreguen a este dictamen los delitos planteados.
A esta propuesta se sumó Luis Aragón Carreño (AP) y dijo que, también, podría incluirse los delitos contra la administración pública.
Por otro lado, Ruth Luque Ibarra (CD-JP) señaló estar de acuerdo con una mejor idoneidad en los cargos de elección popular, aunque es necesario profundizar el debate de idoneidad, y sobre todo, de qué tipo de idoneidad se habla. “Dónde deberían estar las reformas, dónde deberían estar los cambios centrales, ya que son los partidos políticos los que nos ofrecen a esos candidatos no idóneos”, expresó.
En el debate también participaron los legisladores Jaime Quito Sarmiento (PL), Alejandro Muñante Barrios (RP) y Waldemar Cerrón Rojas (PL).
SUSTENTACIÓN DE PROYECTOS
El congresista Alejandro Cavero Alva (Avanza País) expuso el Proyecto de Resolución Legislativa del Congreso 2752/2022, que propone crear la Oficina de Estudios Económicos del Congreso de la República.
El parlamentario Carlos Anderson Ramírez (NoA) sustentó el Proyecto de Resolución Legislativa del Congreso 2917/2022, que propone crear la Oficina de Calidad Legislativa del Congreso de la República.
El congresista Wilson Soto Palacios (AP) expuso el Proyecto de Ley 3083/2022, que propone modificar el artículo 124 de la Constitución Política del Perú e incorporar el requisito de no haber sido censurado para ser ministro de Estado.
OFICINA DE COMUNICACIONES