Para participar en ejercicio binacional de derrame de hidrocarburos

Congreso autoriza ingreso de unidad naval ecuatoriana a nuestras aguas territoriales

Centro de Noticias del Congreso

06 Jun 2024 | 11:10 h

El Congreso de la República aprobó la iniciativa legislativa del Poder Ejecutivo que propone autorizar el ingreso y tránsito por aguas territoriales de la República del Perú de la patrullera guardacostas marítima Isla Santa Cruz (lg-45) y de personal militar con armas de guerra, de la armada del Ecuador.

La votación registró 51 votos a favor, 22 en contra y cuatro abstenciones, con lo cual fue aprobada la resolución, que no requerirá de segunda votación, de acuerdo con el artículo 78 del Reglamento del Congreso.

Se trata del Proyecto de Resolución Legislativa N.° 7930, que fue aprobado, en forma unánime en la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas, en su sesión del 3 de junio del 2024.

La congresista Patricia Chirinos Venegas (Avanza País), presidenta de ese grupo de trabajo, indicó que la referida patrullera y su personal recalarán en el puerto Caleta La Cruz en Tumbes, con la finalidad de establecer mecanismos de organización, recursos y estrategias en el ejercicio binacional de derrame de hidrocarburos, a realizarse del 12 al 14 de junio de 2024.

Indicó que, para ese efecto, tiene previsto ingresar al dominio marítimo el 11 de junio de 2024 y salir de aguas jurisdiccionales peruanas el 15 de junio de 2024, donde participarán tres oficiales y ocho tripulantes ecuatorianos.

Chirinos Venegas dijo que el Poder Ejecutivo señala que esta actividad no afecta, de manera alguna, la soberanía e integridad territorial, ni involucra la instalación de bases militares extranjeras.

La legisladora afirmó que la actividad se realizará en el marco de lo establecido en el numeral 8 del artículo 102 de la Constitución Política del Perú, y de la Ley N.° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la república.

Así también el artículo 17 del Reglamento de Visita y Permanencia de buques de guerra extranjeros a puertos nacionales y tránsito por aguas bajo el dominio marítimo del Perú, aprobado con Decreto Supremo N.° 013-2009-DE.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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