Congreso aprueba leyes de endeudamiento y equilibrio financiero para el 2023
Centro de Noticias del Congreso
30 Nov 2022 | 21:14 h
El Pleno del Congreso de la República aprobó, por mayoría, los dictámenes que proponen la Ley de Endeudamiento y la Ley de Equilibrio Financiero del Sector Público para el Año Fiscal 2023.
El titular de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, José Luna Gálvez (PP), expuso las incorporaciones que se lograron hacer en el texto sustitutorio de la Ley de Endeudamiento 2023.
De esta manera, dijo, se incorpora la cuarta Disposición Complementaria Final (DCF), que fortalece el Banco de la Nación con el aumento de su capital; y la quinta DCF, que autoriza la transferencia al Ministerio de Economía y Finanzas las obligaciones a cargo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), correspondientes al pago de indemnizaciones establecidas por laudos arbitrales.
También se incorporó la sexta DCF, que dispone la transferencia a Economía y Finanzas de la deuda tributaria que los Institutos Armados del Ministerio de Defensa mantienen con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -SUNAT, por la importación de material de guerra generada en el ejercicio presupuestal del 2021.
De acuerdo con el último párrafo del artículo 78 del Reglamento del Congreso, las normas presupuestales no requieren de segunda votación; por tanto, quedaron expeditas para ser promulgadas por el Poder Ejecutivo.
ENDEUDAMIENTO
La Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023 fue aprobada con 66 votos a favor, 14 votos en contra y 19 abstenciones, y tiene por objeto regular las condiciones para dicho endeudamiento, de conformidad con el artículo 9 del Decreto Legislativo 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público.
Se sustenta en el Proyecto de Ley 2908/2022-PE y autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 508 400 000 (dos mil quinientos ocho millones cuatrocientos mil dólares americanos).
Esta cifra será destinada a los sectores económicos y sociales hasta US$ 1 460 000 000 (mil cuatrocientos sesenta millones de dólares americanos); y el apoyo a la balanza de pagos hasta US$ 1 048 400 000 (mil cuarenta y ocho millones cuatrocientos mil dólares americanos).
También se le autoriza a acordar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda de S/ 22 782 148 226 (veintidós mil setecientos ochenta y dos millones ciento cuarenta y ocho mil doscientos veintiséis soles).
El monto está destinado a los sectores económicos y sociales hasta S/ 3 857 000 000 (tres mil ochocientos cincuenta y siete millones de soles) y el apoyo a la balanza de pagos hasta S/ 18 490 000 000 (dieciocho mil cuatrocientos noventa millones de soles).
Servirá, además, para la Defensa Nacional hasta 5/400 000 000 (cuatrocientos millones de soles y para bonos de la Oficina Nacional de Previsión Social – ONP hasta S/ 35 148 226 (treinta y cinco millones ciento cuarenta y ocho mil doscientos veintiséis soles).
La norma contiene 17 artículos, 8 Disposiciones Complementarias Finales y 10 Disposiciones Complementarias Modificatorias.
EQUILIBRIO FINANCIERO
En seguida, la representación nacional aprobó el dictamen de la Ley de Equilibrio Financiero con 78 votos a favor, 14 votos en contra y 13 abstenciones.
La ley establece los recursos estimados que financian los créditos presupuestarios aprobados en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 para los pliegos presupuestales del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales.
Como ya se sabe, este monto asciende a S/ 214 790 274 052 (doscientos catorce mil setecientos noventa millones doscientos setenta y cuatro mil cincuenta y dos soles).
En su segundo artículo, sobre la Estabilidad presupuestaria, se define que la “estabilidad de la ejecución del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 se sustenta en la observancia de las disposiciones previstas en el Decreto Legislativo 1276, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero; y, normas modificatorias y complementarias”.
Se establece además que durante el año fiscal 2023 las entidades señaladas en el artículo 3 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, deben cumplir con ciertas reglas.
Como por ejemplo, que la Ley de Presupuesto 2023 comprende los créditos presupuestarios máximos de gasto, que “solo se pueden ejecutar si los ingresos que constituyen su financiamiento se perciben efectivamente”; y “las disposiciones que autorizan créditos presupuestarios en función a porcentajes de variables macroeconómicas o patrones de referencia, se implementan progresivamente, de acuerdo con la real disponibilidad fiscal”.
La norma contiene 11 artículos y 3 Disposiciones Complementarias Finales.
OFICINA DE COMUNICACIONES