En establecimientos de salud públicos y privados
Congreso aprueba ley para autorizar y garantizar uso de oxígeno medicinal

Centro de Noticias del Congreso
12 Dic 2020 | 14:26 h

El Pleno del Congreso aprobó, por unanimidad (con 119 votos), el proyecto de ley que regula, autoriza, asegura y garantiza el uso de oxígeno medicinal en los establecimientos de salud públicos y privados a nivel nacional.
La propuesta, que recae en los proyectos de ley 5591, 5613, 5612, 5567, 5519 y otros, fue aprobada en la sesión del sábado 12 con la conducción de la presidenta Mirtha Vásquez Chuquilín.
Ante una nueva consulta a los legisladores, fue exonerada de una segunda votación por 119 votos a favor, con lo cual quedó lista para la elaboración de la autógrafa respectiva y la derivación al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.
El presidente de la Comisión de Salud, Omar Merino López (APP), señaló que la norma establece medidas a fin de reforzar y garantizar la respuesta sanitaria efectiva y oportuna para la atención de los pacientes en el sector salud, priorizándose en todos los niveles de atención, con énfasis en los establecimientos de segundo y tercer nivel, respecto al uso de oxígeno medicinal.
“Se autoriza el oxígeno medicinal en todas las instituciones prestadoras del servicio de salud del sector público, privado o mixto con una concentración no menor al 93 % conforme a los estándares internacionales y recomendaciones de la Organización Mundial de Salud”, señaló el titular de la comisión de Salud.
Agregó que los establecimientos de salud deben garantizar el cumplimiento del programa de mantenimiento y calibración del equipo generador, líneas de distribución y almacenamiento del equipo medicinal, así como el control de calidad y cambio de los consumibles.
EL DEBATE
La segunda vicepresidenta del Congreso, Matilde Fernández Florez (SP), señaló que es necesario implementar todo el sistema de salud para afrontar una posible segunda ola de la COVID-19. Exhortó al Poder Ejecutivo a tener oxígeno de calidad para uso sanitario a un bajo costo y que sea accesible para toda la población.
Precisó que hasta el 9 de diciembre hay un acumulado de 997 312 personas con coronavirus, con un promedio de 691 casos nuevos por día, por lo que es importante tomar las medidas de prevención ante esta enfermedad mortal y evitar más muertes.
Por su parte, la legisladora Jesús Del Carmen Núñez Marreros (Frepap) solicitó se incorpore el proyecto de ley de su autoría N.° 5567 que autoriza el uso de oxígeno medicinal no menor al 93 % en todos los establecimientos de salud públicos y privados a nivel nacional.
Respaldó la normativa en debate, y dijo que el DU 076-2020, emitida por el Poder Ejecutivo en su artículo 12, señala que el uso de oxígeno medicinal con una concentración no menor al 93 % tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, por lo que insistió en la acumulación de su propuesta.
En la misma línea, la parlamentaria Tania Rodas Malca (APP) dijo que es necesario incluir el uso de oxígeno medicinal al 93 %, toda vez que la RM 599-2020 y 399-2020 no se ha modificado, por lo que el uso del oxígeno sigue siendo de 99 %.
“Han pasado diez ministros de Salud e increíblemente el petitorio no se ha modificado, el oxígeno sigue con el 99 %, eso es inadmisible, eso es corrupción”, indicó.
El legislador Leonardo Inga Sales (AP) planteó modificar el artículo 1 del dictamen a fin de que se priorice los establecimientos del segundo y tercer nivel, respecto al uso de oxígeno medicinal.
Asimismo, es necesario incorporar, en el artículo 3, el sistema de oxígeno medicinal en los establecimientos de salud de segundo y tercer nivel de atención a fin de que el mismo sea suministrado a través de una planta generadora de oxígeno medicinal, con una producción mínima de 40 m3/hora.
DISPOSICIONES FINALES
Según las disposiciones complementarias finales de la propuesta, indica que el Ministerio de Salud convocará a las instituciones públicas y privadas, involucradas en la producción, importación, comercialización y consumo final de oxígeno medicinal para garantizar el suministro de oxígeno medicinal en los establecimientos de salud.
Asimismo, para garantizar la autosostenibilidad de las plantas de oxígeno medicinal, el Ministerio de Salud será el encargado de elaborar el plan de mantenimiento de las plantas de oxígeno, el cual debe considerar la relación detallada de las actuaciones del mantenimiento de estas.
Además, el Ministerio de la Producción y el Ministerio de Salud, según corresponda, deben de crear el registro nacional de productores y comercializadores de oxígeno medicinal, según los estándares de calidad aprobados por la Autoridad Nacional de Salud.
PRENSA-CONGRESO