Sesión será este miércoles 4 a las 09:00 horas
Comisión Permanente evaluará informes finales que recomiendan acusar a dos exministros

Centro de Noticias del Congreso
03 Jun 2025 | 8:15 h

La Comisión Permanente del Congreso se reunirá este miércoles 4, desde las 09:00 horas, con el fin de debatir los informes finales de seis denuncias constitucionales, entre ellas, dos que proponen acusar a exministros de Trabajo y de Producción.
PROPONEN ACUSAR
En la agenda de este importante órgano parlamentario está el informe final sobre las denuncias constitucionales 395 y 406 (acumuladas) presentadas por el congresista Juan Burgos Oliveros y la exfiscal de la nación, Liz Patricia Benavides Vargas, respectivamente, contra el exministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Luis Alfonso Adrianzén Ojeda
El documento recomienda acusarlo en su condición de exministro de Trabajo y Promoción del Empleo, en el extremo de presunto autor de la comisión del delito contra la administración pública – negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, en agravio del Estado.
Así mismo, concluye archivar la Denuncia Constitucional 395/2021-2026 contra el exministro Adrianzén por la causal de infracción de los artículos 38 y 39 de la Constitución Política del Perú.
También figura el informe final sobre la Denuncia Constitucional 442 formulada por el exfiscal de la nación (i), Juan Carlos Villena Campana, contra el exministro de Producción, Jorge Luis Prado Palomino.
El documento recomienda acusar al exministro del gobierno de Pedro Castillo como presunto instigador por el delito contra la administración pública – negociación incompatible, ilícito penal previsto en el artículo 399 del Código Penal, en agravio del Estado; y remitirlo a la Fiscalía para que continúe con las investigaciones correspondientes.
PROPONEN ARCHIVO
En la agenda de la Comisión Permanente está el informe final sobre la Denuncia Constitucional 364 formulada por la congresista Kira Alcarraz Agüero, que hace suya la denuncia constitucional presentada por el ciudadano José Luis Briones Trujillo, contra la congresista María Acuña Peralta.
El documento señala que “no está acreditada la presunta comisión del delito de concusión, tipificado en el artículo 382 del Código Penal, que habría cometido en el ejercicio de sus funciones; en tal sentido tampoco está acreditada la supuesta vulneración de los artículos 1, 23, 38 y 39 de la Constitución Política del Perú, por lo que se concluye recomendando el archivamiento de la presente denuncia constitucional”.
Así mismo, está el informe final sobre la Denuncia Constitucional 197 (antes 266), presentada por la excongresista Yeni Vilcatoma de la Cruz contra el fiscal supremo Pablo Sánchez Velarde, por la presunta comisión del delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificado en el artículo 377 del Código Penal.
Se señala que esta denuncia se encuentra prescrita desde el 15 de setiembre de 2021, de conformidad al artículo 80 del Código Penal. En ese sentido, se recomienda su archivo.
También está el informe final sobre la Denuncia Constitucional 437 formulada por el ex fiscal de la nación, Juan Carlos Villena Campana, contra el exministro del Interior, Alfonso Gilberto Chávarry Estrada, por la presunta comisión del delito de nombramiento o aceptación indebida de cargo público, tipificado en el artículo 381 del Código Penal.
El documento recomienda el archivo de esta denuncia constitucional con el exministro designado durante el gobierno de Pedro Castillo.
Finalmente, está el informe final sobre la denuncia constitucional 276 interpuesta por la congresista Patricia Chirinos Venegas, contra el exministro del Interior, Dimitri Nicolás Senmache Artola, por la presunta infracción constitucional al artículo 39 de la Constitución Política del Perú.
El documento refiere que “considerando que no se han hallado elementos de convicción suficientes para continuar con el proceso, debido a que los hechos, pruebas y argumentos presentados, se recomienda el archivamiento de la denuncia constitucional declarando que no existe mérito para formular acusación constitucional ante el Pleno del Congreso por presunta infracción al artículo 39 de la Constitución Política del Perú”.
OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL