Comisión de Justicia aprueba dictamen que busca celeridad en procesos judiciales únicos

Centro de Noticias del Congreso

06 May 2024 | 16:14 h

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, que preside Américo Gonza Castillo (PL), aprobó por mayoría: 11 votos a favor, cero votos en contra y 3 abstenciones), el dictamen que propone modificar la Ley 27337, Ley que aprueba el nuevo Código de los Niños y Adolescentes, para promover la celeridad en el proceso único en casos de alimentos.

El dictamen se sustenta en los proyectos de ley 5245/2022-CR y 6617/2023-CR, y, de acuerdo con la exposición de motivos, Gonza Castillo sostuvo que “como sujetos de derecho, los niños, niñas y adolescentes ameritan atención y protección especial y prioritaria en todos los espacios donde se desarrollan”.

De allí que “la problemática en torno a los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes refleja una serie de desafíos que comprometen la efectividad de la protección por parte del Estado”.

“Dada la alta demanda de procesos de alimentos en nuestra sociedad, y con ello la falta de efectividad inmediata, causando problemas en el alimentista en cuanto al cumplimiento de las obligaciones por parte de sus progenitores, es de imperiosa necesidad la reforma de ciertas normas relacionadas a esta, que permitan la celeridad procesal, así como, su ejecución”, expuso.

La norma propuesta contiene dos artículos. En el primero modifica los artículos 164, 164-A, 168, 169, 170, 171, 173 y 175 de la Ley 27337, Ley que aprueba el nuevo Código de los Niños y Adolescentes; y en el segundo artículo Incorpora los artículos 167-B y 170-B a la misma ley.

MOTÍN
Seguidamente, los integrantes de la Comisión de Justicia aprobaron el dictamen de la Ley que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635, respecto al delito de motín. Fue aprobado por mayoría: 11 votos a favor, 4 votos en contra y cero abstenciones.
La propuesta legal se sustenta en el Proyecto de Ley 4293/2022-CR.

En opinión del titular de la comisión, “se trata de una propuesta que suple vacíos normativos, permitiendo con su incorporación, ampliar el espectro de los comportamientos que, imbuidos de dicha finalidad, deben ser criminalizados y reprimidos”.
En su artículo único, modifica el artículo 348 del Código Penal, Decreto Legislativo 635, en el cual incluye la palabra “amenaza”, y queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 348. El que, en forma tumultuaria, empleando amenaza o violencia contra las personas o fuerza en las cosas, se atribuye los derechos del pueblo y peticiona en nombre de este para exigir de la autoridad la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones o peticiona la ejecución de acciones que no son parte de las funciones de dicha autoridad, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de seis años”.

ARCHIVO
Como último punto de agenda, los integrantes de este grupo de trabajo aprobaron por unanimidad (15 votos) dos decretos de archivo.

El primero es el Decreto de Archivo del Proyecto de Ley 4271/2022-PE, que propone modificar el Código Penal y el Nuevo Código Procesal Penal, a fin de reforzar la respuesta del Estado frente a los delitos que afectan la vida, el cuerpo y la salud, así como los bienes públicos y privados cometidos durante la vigencia de un estado de emergencia.

El segundo es el Decreto de Archivo del Proyecto de Ley 5199/2022-PE, que propone modificar los numerales 2 y 4 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, para fortalecer la lucha contra el feminicidio y la violencia sexual.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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