Comisión de Constitución y Reglamento deroga decreto de urgencia por no cumplir requisitos

Centro de Noticias del Congreso

11 Ene 2022 | 14:35 h

Con 11 votos a favor y 6 en contra, la Comisión de Constitución y Reglamento aprobó el dictamen que recomienda derogar del Decreto de Urgencia 105-2021, que establecía el otorgamiento de un bono extraordinario a favor del personal formal del sector privado y del sector público con menores ingresos.

Lo hizo respaldándose en que dicho dispositivo, con rango de ley, “no cumple con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 80 y el artículo 118, inciso 19 de la Constitución Política del Perú, así como con los requisitos formales señalados en el artículo 91 del Reglamento del Congreso”, según señala el referido dictamen elaborado por
el grupo de trabajo que preside la congresista Patricia Juárez Gallegos (FP).

Además de la derogación, se exhorta al Poder Ejecutivo a dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en nuestra Carta Magna, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, administrativas y constitucionales, que acarrearía el haber aprobado normas sin contemplar el procedimiento y mandato establecido en la Constitución.

La derogatoria se da “sin perjuicio del gasto público ejecutado como consecuencia de la aprobación de las transferencias de partidas contenidas en la norma derogada, a la fecha de la emisión de la presente ley”.

“El pago de este bono al sector público formal ya se ha realizado por completo. Solamente estaría pendiente alguna parte del bono al sector privado. El bono es de 210 soles”, puntualizó Juárez.

Durante el debate, la parlamentaria hizo una aclaración sobre el destino de los fondos. Dijo que se trata de la autorización de una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2021 hasta por la suma de 615 millones 249 201 soles a favor del pliego Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para financiar el pago del bono extraordinario único de 210 soles a favor de los trabajadores formales del sector privado.

“¿Dónde está la situación imprevisible y urgente?, considerando -inclusive- que en el informe de la comisión se señala que después de 39 días de publicado el decreto de urgencia recién salió la resolución ministerial a través de la cual se aprueba el padrón de trabajadores beneficiarios del bono extraordinario”, refirió Juárez.

Para el congresista Waldemar Cerrón (PL) el referido decreto de urgencia debe ser aprobado porque su derogación perjudicaría a 12 mil personas que equivale a más del 80 % del sector formal privado, es decir, tendría efectos negativos en el curso de una pandemia agudizada en la tercera ola.

“No podemos traernos abajo este decreto de urgencia”, dijo por su parte Guido Bellido Ugarte (PL) porque “no podemos dejar de asistir a nuestros hermanos que están pasando momentos difíciles y alcanzarles un plato de comida”, agregó.

El congresista Jaime Quito Sarmiento (PL) subrayó que son 3 millones de personas las que se van a beneficiar de manera directa y 12 millones de manera indirecta. “Se trata de un grueso sector de la población no es ningún despilfarro, sino un apoyo a las familias trabajadoras”, agregó.

Para la congresista Martha Moyano (FP) estos decretos de urgencia no son de interés nacional y no son medidas urgentes.

“Lo que se tiene que entender es que no se está respetando la Constitución y eso trae consecuencias”, dijo al tiempo de afirmar que al Ejecutivo le corresponde presentar un proyecto de ley de crédito suplementario y el Congreso rápidamente tendría que responder. “No se puede estar repartiendo la plata con decretos de urgencia”, anotó.

La congresista Gladys Echaiz (APP) opinó que con el decreto de urgencia se afectó el fondo de contingencia que debe estar presente para atender una necesidad, por ejemplo, en caso de un terremoto, “el fondo ya no está”, dijo al tiempo de advertir que no responde a ninguno de los parámetros que la legislación y la jurisprudencia exige para que sean probados.

El congresista Alejandro Cavero indicó que es una gravísima infracción a la Constitución porque los decretos de urgencia tienen otra finalidad. “Aquí lo que se esta haciendo es crear populismo barato y no quiero creer que tenga fines electorales”, agregó.


CONTROL CONSTITUCIONAL

Pr cumplir con los parámetros normativos, fueron aprobados cinco decretos de urgencia dados durante el interregno parlamentario. Se trata de los Decretos de Urgencia 002-2019, 003-2019, 004-2019, 006-2019 y 007-2019.

CONSEJO DE ESTADO

La comisión inició el debate del predictamen recaído en los proyectos de ley 045/2021-CR y 492/2021- DP, que proponen la ley que regula el funcionamiento del Consejo de Estado como un espacio de coordinación interinstitucional al más alto nivel, el cual contribuye a concretizar el principio constitucional de cooperación entre los poderes públicos.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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