Proponen que sea mediante concurso público de méritos

Comisión de Constitución aprueba nuevo proceso de elección de magistrados al TC

Centro de Noticias del Congreso

23 Jun 2020 | 20:51 h

El nuevo procedimiento para elegir a los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) mediante el concurso público de méritos, fue aprobado esta noche en la Comisión de Constitución y Reglamento, que preside el congresista Omar Chehade Moya (APP). Fueron 17 votos a favor, tres en contra, y una abstención.

Chehade señaló al iniciar el debate que la legislación vigente no indica que el procedimiento de elección de magistrados del TC deba ser público. Sin embargo, “un procedimiento de tal importancia requiere la máxima publicidad y transparencia”.

“Este proceso no se puede llevar a cabo a puerta cerrada, debido a que no debe contener algún tipo de secrecía que la elección para tal cargo no exige. Así, un procedimiento con sesiones públicas, que permita a la ciudadanía ser partícipe, tanto como la presencia de los medios de comunicación, sólo abona a la legitimidad de la elección”, refirió.

El predictamen acoge los proyectos de ley 4253, 4847, 4854, 4858, 4885, 4956, 4978, 5352 y 5441, que proponen modificar la Ley Orgánica del TC para garantizar la elección meritocrática y transparente de sus magistrados. El predictamen acumuló un nuevo PL de la congresista Mirtha Vásquez Chuquilín (Frente Amplio).

“Este es un tema crucial, prioritario, en la agenda de la Comisión de Constitución”, manifestó el presidente del grupo de trabajo. “Aquí hay más consensos que discrepancias y se han acogido casi todas las propuestas, que van hacia una meritocracia transparentada”.

LA NORMA PROPUESTA

El predictamen titula: Ley que garantiza la elección meritocrática y transparente de magistrados del Tribunal Constitucional.

Se plantea la modificación de los artículos 8 y 11 de la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

En su artículo 8, sobre la conformación, se establece que “el Tribunal está integrado por siete miembros, con el título de Magistrados del Tribunal Constitucional. Son designados por el Congreso de la República a través de un Concurso Público de Méritos mediante resolución legislativa, con el voto a favor de los dos tercios del número legal de sus miembros”.

“Para tal efecto, el Pleno del Congreso de la República designa una Comisión Especial de Selección integrada por un representante de cada grupo parlamentario. Los integrantes de la Comisión Especial eligen un Presidente, Vicepresidente y Secretario dentro de sus integrantes, para encargarse del procedimiento de designación a través de un Concurso Público de Méritos”.

EL DEBATE

El arduo debate que siguió después hizo variar en algunos puntos la propuesta mediante el uso de un breve cuarto intermedio.

El primero en tomar la palabra fue Carlos Mesías Ramírez (Fuerza Popular) quien mencionó el hecho de que este procedimiento debería estar establecido, mediante una reforma, en el Reglamento del Congreso, y no en la Ley Orgánica del TC. Además, reparó en una serie de requisitos que, unidos a otras propuestas, propiciaron la elaboración de un texto sustitutorio.

La congresista Mirtha Vásquez Chuquilín sostuvo la importancia del concurso público y que los principales méritos de los postulantes deberían ser la capacidad, la honestidad y la pluralidad que “permita delinear un perfil idóneo de los magistrados”. Propuso además la participación y veeduría ciudadana, así como el criterio de paridad, que se garantice por lo menos tres o cuatro mujeres en el Pleno del Tribunal.

La congresista Carolina Lizárraga Houghton (Partido Morado) propuso que en el reglamento se coloque el peso de la calificación y entre los requisitos incorporar la veeduría la Junta Nacional de Justicia (JNJ). Esta propuesta fue colocada en el texto sustitutorio, pero provocó un nuevo debate y fue retirado.

El parlamentario Luis Roel Alva (Acción Popular) propuso, asimismo, incorporar en el numeral 8 la veeduría, con voz, al defensor del Pueblo, al presidente de la JNJ y del contralor general de la República. Se colocó en el texto sustitutorio, pero se retiró la posibilidad de darle voz para evitar su influencia sobre los legisladores.

Hicieron uso de la palabra los congresistas Carlos Almerí Veramendi (Podemos Perú), Guillermo Aliaga Pajares (Somos Perú), Gino Costa Santolalla (Partido Morado) Jim Barriga Mamani (Unión por el Perú), Martha Chávez Cossío (Fuerza Popular), Martha Retamozo Lezama (Frepap), Diethell Columbus Murata (Fuerza Popular) y Rennán Espinoza Rosales (Somos Perú).

DETALLES INCORPORADOS

Entre los principales aportes están en los diez incisos del artículo 8. Destacan la publicidad del concurso, para lo que se agrega la publicación de la convocatoria en un diario de circulación nacional; la publicación de las hojas de vida de los postulantes; la definición de los criterios de evaluación y el porcentaje asignado en el reglamento de la norma.

Así también, en la modificación del artículo 11 se agrega que los postulantes deben ser mayores de 45 años y menores de 75 años; y “no ser objeto de investigación preparatoria ni tener condena penal por delito doloso”.

 

Lima, 23 de junio de 2020

PRENSA-CONGRESO

 

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