Referida al levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria

Comisión aprueba reforma constitucional para fortalecer la lucha anticorrupción

Centro de Noticias del Congreso

18 May 2021 | 16:29 h

Con la finalidad de otorgar una herramienta para la lucha anticorrupción, el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, la Comisión de Constitución y Reglamento aprobó –por mayoría con diez votos a favor– el dictamen de los proyectos de ley que propone la reforma constitucional del artículo 2 sobre los derechos de las personas.

El acuerdo fue tomado en la sesión virtual que realizó el martes 18, dirigida por el presidente de ese grupo de trabajo, el congresista Luis Valdez Farias (APP). Se trata de los PL 5643, 5829 y 7451/2020-CR.

El parlamentario señaló que la propuesta tiene la legítima finalidad de maximizar la disponibilidad de herramientas de investigación para la lucha contra el lavado de activos y sus delitos relacionados en el marco de la lucha anticorrupción, el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

“Esta comisión considera viable atender la habilitación específica al superintendente de la SBS y al contralor general de la República, con varias advertencias y precisiones”, dijo.

Mediante la propuesta del presente dictamen, precisó Valdez, se propone la dación de una ley de reforma que modifica el artículo 2 inciso 5, de modo que se reconoce expresamente el derecho al secreto y reserva, para luego regular su levantamiento.

“Se incorpora dos nuevos titulares que podrán efectuar el levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria: el contralor general y el superintendente de Banca, Seguros y AFP. Constituye la esencia de la modificación constitucional”.

Ambos nuevos titulares del levantamiento de secreto y reserva tienen un ámbito de habilitación expresamente señalado en cada caso, agregó.

La proyectada norma precisa que “toda persona tiene derecho al secreto bancario y la reserva tributaria. Su levantamiento solo puede efectuarse a pedido:

  1. Del contralor general de la República respecto de funcionarios y servidores públicos que administran o manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por este en los tres niveles de gobierno, en el marco de una acción de control.
  2. Del Superintendente de Banca, Seguros y AFP para los fines específicos de la inteligencia financiera.

En el caso de los incisos 4 y 5, el levantamiento de estos derechos fundamentales se efectúa de acuerdo con las leyes orgánicas de las entidades, mediante decisión motivada y bajo responsabilidad de su titular”.

Durante el debate, la congresista Martha Chávez opinó que, así como está planteada, la fórmula plantea riesgo para todas las personas y que no va a ayudar, sino que va significar un retroceso en lo que se busca como es la formalización, la bancarización de todas las personas, porque genera temor en las personas porque –como se sabe– hay filtración de la información.

Por su parte, Jim Mamani (NC) subrayó se busca dotar de una herramienta fundamental para estas acciones de control y de fiscalización y para que la lucha anticorrupción sea más eficaz y eficiente. Sin embargo, hizo una precisión: “Solo menciona a los funcionarios públicos y se deja de lado a los servidores públicos, por ejemplo, a los que elaboran términos de referencia donde suelen detectar actos de corrupción”, dijo al tiempo de proponer que se incluya a funcionarios y servidores públicos

A su turno, Robinson Gupioc Ríos (PP) señaló que se pretende constitucionalizar la facultad de la Contraloría y la SBS a levantar el secreto bancario y la reserva tributaria de manera autónoma; sin embargo, consideró importante acotar que la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República faculta a la esta entidad al mecanismo para solicitar ante un juez el levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria.

“Puede ser usado con fines distintos a la lucha contra la corrupción, puede ser con fines políticos”, dijo Gupioc respecto de la propuesta en debate.

Por su lado, Gino Costa Santolalla (PM) mencionó estar de acuerdo con la fórmula legal, es decir, que la UIF pueda acceder al secreto bancario y reserva tributaria. Observó que se propone una reforma constitucional cuando bastaría con una reforma legal. Con este planteamiento coincidió la congresista Carmen Omonte Durand.

Costa Santolalla planteó una cuestión previa a fin de que la asesoría técnica de la comisión revise el predictamen a efectos de que lo concluido en la fórmula legal se pueda hacer por la vía de la reforma legal y no constitucional. Puesto al voto el pedido no prosperó.

A su turno, Isaías Pineda Santos (Frepap) respaldó la necesidad de atender la lucha contra el lavado de activos y el refinanciamiento del terrorismo. Indicó que no se puede dejar en indefensión la vigencia de los derechos fundamentales de los que son titulares todas las personas.

“Estos derechos fundamentales son manifestaciones del derecho a la intimidad de las personas, se vinculan estrechamente con la privacidad de su información más personal y sensible en este caso es la económica. Por esa razón, concordamos que debe estar de acuerdo con las leyes orgánicas de las entidades bajo responsabilidad”, agregó el legislador.

En su intervención, Carlos Almeri (PP) dijo que dentro del contexto histórico que vivimos como una democracia débil e insipiente y donde la gran mayoría de altos funcionarios son nombrados a dedo, bajo el tinte político y bajo los gobiernos de turno, la aprobación de la propuesta generaría un daño a los derechos fundamentales de las personas naturales y personas jurídicas.

INHIBICIÓN

Con once votos a favor fue aprobado el dictamen de inhibición recaído en el Proyecto de Ley 5134/2020-CR, que propone la ley que sanciona con cadena perpetua y muerte civil a los altos funcionarios públicos por la comisión de delitos de corrupción. Tal decisión se tomó, porque no se enmarca en la Comisión de Constitución, sino en la de Justicia que ya dictaminó.

CONTROL CONSTITUCIONAL

En otro momento, por mayoría, fueron aprobados 17 dictámenes de control constitucional. 7 de ellos referidos a los decretos legislativos 1461, 1480, 14 81, 1483, 1484, 1493 y 1506; 3 de los decretos de urgencia 02, 03 y 04-2019, 3 dictados en el interregno parlamentario, que son los decretos de urgencia 61,63 y 68-2020; y, finalmente 4 de los tratados internacionales ejecutivos 237, 239, 240 y 242.

SUSTENTAN PROYECTOS

En otro momento fue sustentado el Proyecto de Resolución Legislativa 5971/2020-CR, que propone modificar el artículo 22 del Reglamento el Congreso, sobre gastos de instalación, a cargo de la congresista María del Carmen Omonte Durand (APP).

“Se propone exceptuar de la asignación de los gastos de instalación a los congresistas electos por los distritos electorales de Lima Metropolitana, de la Provincia Constitucional del Callao y de los distritos electorales del interior del país que tienen como residencia habitual de Lima y la Provincia Constitucional del Callao”, dijo la legisladora.

Así también la congresista María Teresa Céspedes Cárdenas (FREPAP) sustentó el proyecto de Reforma Constitucional 7693/2020-CR, que plantea la autonomía funcional del Congreso de la República y del Poder Ejecutivo a efectos de evitar una crisis política al inicio del mandato de un Consejo de Ministros.

 

Lima, 18 de mayo de 2021

PRENSA-CONGRESO

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